Puente, demanda colectiva contra el Estrecho de Messina Spa

El 13 de junio, tras un encargo recibido de 104 personas, los abogados Aurora Notarianni, Giuseppe Vitarelli, Antonino De Luca (del Tribunal de Messina) y Maria Grazia Fedele (del Tribunal de Reggio Calabria) promovieron unaacción judicial colectiva, presentando electrónicamente un recurso de conformidad con el art. 840 sexiesdecies cpc ante el Tribunal de Roma (Sección de Empresas), contra Stretto di Messina Spa.

Con esta acción se pretende solicitar al juez que determine la responsabilidad de la empresa y el daño injusto causado por la infracción del deber de diligencia, corrección y buena fe al continuar con la actividad de construcción de la obra “pese a la “El puente sobre el Estrecho de Messina – leemos en una nota de los recurrentes – no tiene ningún interés estratégico real y no es viable desde el punto de vista medioambiental, estructural y económico”.

“Los 104 ciudadanos privados que emprendieron esta acción – afirman – viven y aman las dos orillas del Estrecho de Messina y tienen un interés común en la protección del paisaje, el patrimonio histórico y arqueológico, el medio ambiente, la biodiversidad y los ecosistemas y pretenden implementar todas las actividades necesarias para preservar el territorio, la calidad de vida, la salud y el bienestar también en interés de las generaciones futuras”.

A través de la demanda colectiva, los ciudadanos afirman que el llamado Decreto Puente es “constitucionalmente ilegítimo y contrario a la legislación europea y, en consecuencia, denuncian la ilegitimidad de las acciones de la empresa dirigida por Pietro Ciucci, por violación de numerosas normas internas y eurounitarias. , así como internacional”. El recurso señala las normas vulneradas, los intereses supraindividuales a proteger y también el perjuicio a los ámbitos jurídicos individual y colectivo por el perjuicio patrimonial y no patrimonial causado.

La defensa precisa: “El presente recurso tiene por objeto conocer y declarar procedente y fundada la acción de cesación colectiva propuesta. Por lo tanto, queremos obtener el cese inmediato por parte de la empresa Stretto di Messina de cualquier acto o comportamiento perjudicial para los derechos e intereses colectivos, generalizados y legalmente protegidos, de cualquier actividad destinada a aprobar el proyecto definitivo y ejecutivo, de cualquier comportamiento relacionado con el reinicio. de la actividad de planificación de la obra y, en consecuencia, ordenar el cese inmediato de toda actividad negociadora, de la estipulación de escrituras adicionales, unilaterales y contractuales, onerosas o no, y de toda resolución del Consejo de Administración, de toda escritura o documento producido en el procedimiento ante la Comisión VIA VAS y la Conferencia de Servicios y ordenar el cese de cualquier actividad conexa y consecuente capaz de reiterar la conducta lesiva de intereses colectivos y homogéneos dignos de protección y prohibir su repetición. Ahora, presentado el recurso de apelación, quedamos a la espera de la fecha de la audiencia”.

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