los nuevos umbrales de renta compatibles del INPS — idealista/noticias

Vienen nuevos umbrales de ingresos del empleo subordinado o parasubordinado y autónomo a los efectos de compatibilidad con las prestaciones por desempleo de Naspi y Discoll. El INPS lo comunicó directamente con el mensaje n. 1414 de 9 de abril de 2024. Conozcamos qué cambios y cuáles los parámetros se deben respetar para recibir prestaciones por desempleo.

Prestaciones por desempleo e ingresos del trabajo, cuando sean acumulables

Decreto legislativo de 4 de marzo de 2015, n. 22, los artículos 9 y 10, así como el artículo 15, regulan los supuestos de realización de actividades laborales percibiendo, respectivamente, los beneficios de paro Naspi y Dis-coll.

En particular, para Naspi, se permite la posibilidad de acumulación con ingresos derivados de trabajos subordinados/parasubordinados y por cuenta propia, mientras que para Discoll se permite la posibilidad de acumulación con ingresos derivados únicamente de actividades parasubordinadas y por cuenta propia. permitidas, siempre que tales actividades no generen ingresos provenientes del trabajo que excedan el monto mínimo excluido de impuestos.

Para ambas prestaciones, el asegurado está obligado a comunicar la renta anual presunta al INPS a los efectos de reducirlos en la forma y cumplimiento de los términos establecidos en los artículos antes mencionados del Decreto Legislativo n. 22 de 2015.

Las noticias

Sin perjuicio de las modificaciones introducidas por el decreto legislativo de 30 de diciembre de 2023, n. 216, relativo a la cantidad de ingresos excluidos de impuestos (los llamados sin zona fiscal) previsto para los titulares de ingresos por asalariado (véase la circular de la Agencia Tributaria nº 2/E de 6 de febrero de 2024), este mensaje resume los límites de ingresos referidos a los años 2023 y 2024 a efectos de compatibilidad con las prestaciones por desempleo de Naspi y Discoll.

En detalle:

  • el límite de ingresos anuales por trabajo por cuenta ajena/parasubordinado es igual a 8.173,91 euros para el año 2023 (sin cambios respecto a 2022);
  • el límite de ingresos anuales del trabajo por cuenta propia es igual a 5.500 euros para los años 2023 y 2024 (sin cambios respecto a 2022);
  • el límite de ingresos anuales por trabajo por cuenta ajena/parasubordinado es igual a 8.500 euros para el año 2024.

Además, el INPS subraya que los servicios de trabajo ocasional, a que se refiere el artículo 54-bis del decreto legislativo de 24 de abril de 2017, n. 50, convertido, con modificaciones, por ley de 21 de junio de 2017, n. 96, son compatibles y acumulables con las prestaciones por desempleo de Naspi y Discoll hasta el límite de 5.000 euros y que, en este caso, el perceptor de las citadas prestaciones no está obligado a realizar comunicación alguna al Instituto sobre los ingresos anuales presuntos.

Tags:

PREV ¿Trabajo inteligente pospandemia? Para mujeres, graduados y personas de 35 a 44 años.
NEXT cómo cultivarlo en agua o tierra — idealista/noticias