Trabajo, llega el maxi descuento del 120% para quienes contratan de forma fija

MILÁN – Menos impuestos para empresas que contratan trabajadores periodo indefinido. Se ha publicado el decreto de desarrollo del Ministerio de Economía, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, que fija en el 120% la nueva maxi deducción de costes para quienes contraten trabajadores estables. En particular, la ley prevé para este año un aumento (igual al 120%) del coste de la mano de obra admitido como deducción en caso de aumento del número de empleados con contrato permanente. Umbral que puede aumentar hasta el 130% si se contratan trabajadores que merezcan una mayor protección, incluidas personas con discapacidad, mujeres con al menos 2 hijos, jóvenes con derecho a incentivos laborales.

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El decreto contiene las modalidades de aplicación del artículo 4 del decreto legislativo sobre el Irpef (30 de diciembre de 2023, n. 216), que “prevé a los titulares de ingresos empresariales y a los profesionales de artes y profesiones, para el período de imposición posterior al en curso a 31 de diciembre de 2023, a los efectos de la determinación de los ingresos, el incremento del coste del personal de nueva contratación con contrato de trabajo indefinido, así como una deducción adicional en presencia de nuevas contrataciones de empleados, con contrato de trabajo indefinido, comprendidos en las categorías de trabajadores que merecen una mayor protección”.

El costo del personal a contratar para efectos del beneficio “se incrementa, para efectos de la determinación de los ingresos, en una cantidad equivalente al 20%”. El coste se “aumenta en un 10 por ciento adicional” para las nuevas contrataciones permanentes de “empleados incluidos en cada una de las categorías que merecen una mayor protección”.

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El incremento de los costes laborales se debe a la contratación de trabajadores fijos, con contratos en vigor al final del período impositivo siguiente al que esté en curso el 31 de diciembre de 2023, “si el número de trabajadores fijos al final del período impositivo siguiente el que está en curso a 31 de diciembre de 2023 es superior al número de empleados fijos ocupados en promedio en el período impositivo anterior”. Es decir, si hay un aumento del empleo.

Quedan excluidas del alivio las empresas en liquidación ordinaria, así como las empresas sujetas a liquidación judicial u otras instituciones de liquidación relacionadas con la crisis empresarial, desde el inicio del procedimiento.

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