Transición 5.0, semana decisiva para el decreto de aplicación, aquí tenéis las novedades

Transición 5.0, semana decisiva para el decreto de aplicación, aquí tenéis las novedades
Transición 5.0, semana decisiva para el decreto de aplicación, aquí tenéis las novedades

El proceso que conducirá a la publicación del decreto de implementación del plan Transición 5.0 se encuentra en sus etapas finales.

Así lo afirmó Marco Calabrò, jefe de la secretaría técnica del Ministro de Empresa y Made in Italy, ante un público muy atento de fabricantes de máquinas-herramienta, algunos de los cuales se quejan de importantes pedidos suspendidos debido al retraso en la publicación del informe. decreto de aplicación Italia.

“El proceso de concertación con los demás ministerios se encuentra ahora en las etapas finales”, afirma. En estas horas el Gobierno espera el visto bueno de la Comisión Europea sobre algunos elementos sobre los que su consentimiento es fundamental, en particular sobre el DNSH. “Inmediatamente después habrá un paso final con los demás ministerios (MASE y MEF). Luego el decreto será enviado al Tribunal de Cuentas”, anticipa el directivo.

Luego del visto bueno del Tribunal de Cuentas y la publicación del decreto en el sitio web de Mimit, el GSE abrirá la plataforma para cargar la documentación; A continuación, el Gobierno publicará una circular explicativa dividida en dos partes, de las cuales “la primera se centrará en los activos de los anexos A y B y será, de hecho, una especie de código único para la Transición 4.0 y 5.0”.

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A lo largo de estas semanas, los técnicos del Ministerio de Empresa y Made in Italy se reunieron con los del Ministerio de Economía y Finanzas, con los de la Contaduría del Estado y con el Ministerio de Medio Ambiente y Seguridad Energética.

Respecto al borrador que hemos comentado en este artículo se han introducido varias correcciones tanto de carácter formal como sustancial.

El quid de los consumidores de energía

Entre los temas más debatidos estuvo el de flexibilizar los límites establecidos por el principio DNSH (No dañar significativamente). “La formulación inicial de la ley planteaba dificultades a la hora de considerar inversiones subvencionables por parte de empresas que operan en algunos sectores, como la agricultura (para el uso de combustibles fósiles) y 1.200 empresas de uso intensivo de energía en diversos sectores”, explica Calabrò.

“Sobre el primer punto hemos obtenido aperturas que incluyen la posibilidad de uso con fines temporales o en ausencia de una alternativa tecnológica”.

En cuanto a los consumidores de energía sujetos al mecanismo ETS, deberían permitirse inversiones relacionadas con actividades fuera de las zonas que tienen un impacto en las emisiones de CO2. Además, se permitirán inversiones (incluso si tienen un impacto en las emisiones) a empresas que se encuentren dentro del décimo percentil de mejor desempeño en su sector. “Precisamente en estos temas estamos esperando luz verde de la Comisión Europea”.

El escenario contrafactual y la regla de las tres alternativas

En cuanto a la referencia con la que comparar el consumo de bienes nuevos, “si la empresa tiene como referencia datos de al menos seis meses, es necesario hacer una proyección de esos datos”.

Si la empresa existe, pero no tiene esos datos, se debe estimar en base al análisis de cargas energéticas en base a datos trazables.

Para las empresas recién establecidas y para aquellas que han cambiado significativamente sus procesos hace menos de seis meses, será necesario utilizar el escenario contrafactual.

Para el cálculo del escenario contrafactual, Calabrò confirmó el criterio previsto en el borrador del decreto de aplicación: la empresa deberá identificar para cada inversión en bienes 4.0 al menos tres bienes alternativos disponibles en el mercado. Una vez identificados los tres bienes de referencia, será necesario calcular el consumo energético medio anual de los bienes alternativos identificados para cada inversión.

En ese momento, sumando este promedio de cada activo invertido se obtendrá el escenario contrafactual, es decir, la referencia para calcular el ahorro garantizado por la inversión real.

Límites más altos para las energías renovables

Otra novedad se refiere a las inversiones en energías renovables. “Hemos mantenido el límite de 900 €/kW para los dispositivos de almacenamiento, mientras que hemos aumentado el límite de €/kWh para las plantas de generación”, anticipa Calabrò.

También se confirmó la necesidad de conectar las redes RES a la empresa POD en el plazo de un año tras la finalización de la inversión (también en 2026).

Capacitación

En cuanto a las otras inversiones impulsadas, Calabrò confirma las reglas que esperábamos.

En resumen: sólo se permiten formadores externos y se deben realizar un mínimo de 12 horas de formación, de las cuales, para cada alumno, al menos ocho horas son obligatorias sobre algunas “temas” prioritarias en el ámbito digital y verde.

También se incluyen los costes de formación del propietario y de los administradores.

Una nota final destacada por Calabrò es que “en comparación con el anterior Crédito de Formación 4.0, esta inversión ya no se considera ayuda estatal”.

El grupo de certificadores se está ampliando (pero menos de lo esperado)

En cuanto a los sujetos calificados para las certificaciones relativas a proyectos de innovación, “Hemos ampliado el pool, además de los EGE y ESCO ya previstos en la norma primaria, a algunas categorías de ingenieros”, afirma Calabrò.

En el borrador anterior también se había planteado la hipótesis de una ampliación a otros organismos certificados según normas diferentes, pero esta parte parece haber sido descartada.

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