Tunecino a su mujer: “Si no me das el dinero te vuelo la cara”. Detenido en Busto Arsizio

Tunecino a su mujer: “Si no me das el dinero te vuelo la cara”. Detenido en Busto Arsizio
Tunecino a su mujer: “Si no me das el dinero te vuelo la cara”. Detenido en Busto Arsizio

El hombre, de nacionalidad tunecina, golpeaba y amenazaba desde hacía algún tiempo a su esposa italiana. Ya tenía una condena en su contra por abuso doméstico

La Policía Estatal de Busto Arsizio interrumpió el ciclo de violencia de un ciudadano tunecino responsable de una conducta lesiva grave hacia la esposa, hijos menores y suegra anciana.
El hombre, residente en Busto Arsizio, ya parecía tener una persona a su cargo. condena previa por abuso doméstico.
Pese a ello, volvió a ser responsable de múltiples conductas gravísimas relacionadas con el mismo delito.

Tras las actividades de investigación, se supo que la mujer, ciudadana italiana, estaba víctima habitual de golpes propinados por su marido que le provocaron heridas. La golpearon con graves amenazas: “Te volaré la cara si no me das el dinero, te mataré, te arrancaré todos los dientes, te sacaré los ojos”. Todo en presencia de sus aterrorizados hijos menores.

Por estos delitos el hombre fue detenido arresto en flagrante delito y actualmente se encuentra en prisión en la prisión de Como. El Comisario de Policía de Varese, tras evaluar la gravedad de la conducta, ordenó, a través de la División de Policía Anticrimen, activar una investigación encaminada a solicitar la medida preventiva de vigilancia especial de seguridad pública. El tribunal de Milán, sección autónoma de medidas preventivas, aceptó positivamente la solicitud y ordenó que la medida tuviera una duración de 2 años y 6 meses.

Cuando el hombre sea liberado, será objeto de controles estrictos en consideración de su marcado peligro social. Al mismo tiempo se le aplicará la denominada “pulsera electrónica”, un dispositivo que permite monitorizar los movimientos de la persona vigilada para que permanezca a una distancia inferior a m. 500 de las partes ofendidas, bajo pena de arresto preceptivo. Esto es para proteger a las víctimas y con el objetivo de evitar que se repita tan abominable conducta.

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