Municipio de Pisa, nuevo código de conducta para el personal

El Ayuntamiento de Pisa ha aprobado hoy el texto definitivo del Código de conducta de los empleados del Ayuntamiento de Pisa. Se definen los deberes mínimos de diligencia, lealtad, imparcialidad y buena conducta que deben observar los empleados y directivos municipales; Las mismas obligaciones de conducta se aplican también, en la medida en que sean compatibles, a los colaboradores o consultores, con cualquier tipo de contrato o encargo, así como a los colaboradores de empresas proveedoras de bienes o servicios y que realicen obras para el Municipio.

«El Código de Conducta del Ayuntamiento de Pisa – afirma la concejal de política de personal Gabriella Porcaro – ya se había centrado en los aspectos indicados por el Gobierno tanto en términos de prevención de la corrupción como en términos de relaciones con el público, con una serie de medidas encaminadas a garantizar la transparencia, disponibilidad, corrección y simplificación de la actividad administrativa. El nuevo texto se integró con el contenido del decreto y la oficina dedicada trabajó en la redacción del nuevo código, centrándose en aspectos relacionados con el comportamiento en el servicio con el fin de garantizar el mejor desempeño para el ciudadano, garantizando los principios de eficacia y eficiencia en la que debe basarse la actuación administrativa”.

Forman parte integrante del Código las normas para el correcto uso de las herramientas informáticas, de la red informática y telemática (internet y correo electrónico) y del sistema de telefonía fija y móvil. Se establece, por ejemplo, que el empleado podrá utilizar las cuentas institucionales sólo para fines relacionados con el trabajo, prestando atención a enviar mensajes que no sean ofensivos, discriminatorios o que puedan ser fuente de responsabilidad para la administración. En las relaciones con el público, el empleado, además de desempeñar su trabajo con espíritu de servicio, corrección y cortesía, debe orientar su comportamiento hacia la satisfacción del usuario y debe velar por que la actividad realizada en favor del ciudadano tenga se realizan con pleno respeto a la confidencialidad, quedan excluidas de este límite las comunicaciones transmitidas a través de las redes sociales cuando respondan a una necesidad institucional.

El empleado está obligado a adoptar un lenguaje claro y comprensible, a observar el secreto oficial y a expedir copias y extractos de escrituras o documentos en la forma establecida por las normas de acceso y por el reglamento del Municipio, además, se prescribe que en el uso de su; cuentas sociales, tenga la máxima precaución para que sus opiniones no sean remitibles a la Administración Pública. Otros artículos regulan la forma en que los empleados, además de cumplir las medidas necesarias para la prevención de delitos en la administración, deben cumplir lo dispuesto en el Plan de prevención de la corrupción y colaborar en la prevención de la corrupción. El Código también contiene disposiciones especiales para los directivos a los que se exige “un comportamiento ejemplar e imparcial en las relaciones con colegas, colaboradores, subordinados y destinatarios de acciones administrativas, en términos de buena fe, corrección, equidad, inclusión, razonabilidad e igualdad de trato, especificando la obligación”. garantizar la atención al crecimiento profesional de los colegas evaluándolos con la máxima imparcialidad.

El borrador fue sometido al escrutinio de todas las partes interesadas, tanto internas como externas a la organización (los llamados stakeholders) a través del procedimiento participativo para asegurar el máximo intercambio, con el fin de recoger propuestas y/u observaciones útiles para la redacción definitiva del proyecto. código.

Fuente: Municipio de Pisa – Oficina de prensa

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