Mundial de Clubes, FIFPRO denuncia a la FIFA. Damascelli: “Ancelotti…”

Mundial de Clubes, FIFPRO denuncia a la FIFA. Damascelli: “Ancelotti…”
Mundial de Clubes, FIFPRO denuncia a la FIFA. Damascelli: “Ancelotti…”

En los últimos días el sindicato de jugadores (FIFPRO) presentó una denuncia contra la FIFA por el Mundial de Clubes

Tony Damascelli intervino en el Giornale para hablar de la denuncia presentada por FIFPRO, el sindicato mundial de futbolistas, contra la FIFA por el calendario y las modalidades de celebración del Mundial de Clubes:

“Carlo Ancelotti no había dicho nada extraño o incorrecto. Fifpro, el sindicato de futbolistas europeos, ha presentado un recurso contra la FIFA impugnando la legalidad de la decisión de fijar unilateralmente el calendario internacional de partidos y, en particular, la Copa Mundial de Clubes de la FIFA. Copa 2025. Según Fifpro, tales decisiones violan los derechos de los jugadores y sus sindicatos según la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, además de potencialmente violar también las leyes de competencia de la UE. El recurso también está firmado por los sindicatos de futbolistas ingleses y franceses, el de Bruselas. Se pide al Tribunal de Comercio que remita el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJCE) con cuatro cuestiones prejudiciales. La Carta de Derechos Fundamentales de la UE garantiza a los trabajadores y a sus sindicatos varios derechos fundamentales, entre ellos la prohibición del trabajo forzoso u obligatorio y la libertad. de empleo, el derecho a negociar y celebrar convenios colectivos, el derecho a condiciones de trabajo saludables y el derecho a un período anual de vacaciones retribuidas. Estos derechos se rigen por los artículos 5, 15, 28 y 31 de la Carta. Además, los sindicatos de jugadores consideran que, a la luz de la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre la “Superliga europea”, estas decisiones unilaterales y discrecionales -que no son el resultado de decisiones claras, objetivas, transparentes, no discriminatorias y marcos jurídicos democráticos – constituyen “restricciones de la competencia por objeto” en el sentido del artículo 101 del TFUE. ¿Vamos a la guerra? Conociendo los intereses contables que atañen a los salarios de los propios “recurrentes”, tengo algunas dudas sobre un desafío feroz, pero un hecho es cierto: el poder exclusivo e incontestable de la FIFA (y de la UEFA) está empezando a perder su fuerza jurídica”.

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