Teramo, Ordenanza para la prevención de incendios

Se ha emitido una Ordenanza para la prevención de incendios. Hasta finales del próximo mes de octubre está prohibido:
a) encender fuegos de cualquier tipo cerca de terrenos agrícolas o baldíos, pastos, zonas boscosas, herbosas o arbustivas, tanques de GLP y tuberías de gas, a lo largo de caminos y en todas las zonas de riesgo y en cualquier lugar que, por sus características, resulte peligroso para el desarrollo de incendios;
b) explotar minas o utilizar explosivos;
c) utilizar llamas o dispositivos eléctricos para cortar metales;
d) utilizar motores, estufas o incineradores o aparatos que produzcan chispas, brasas, chispas o realizar cualquier otra operación que pueda generar llama abierta;
e) transitar y/o estacionar vehículos en caminos no pavimentados dentro de áreas boscosas, con excepción de vehículos de servicio y actividades agroforestales-pastoriles;
f) en los rellenos sanitarios privados, proceder a cubrir los residuos con material inerte y quemarlos como métodos para eliminarlos; cualquier incendio que pueda surgir deberá ser extinguido inmediatamente; los órganos gestores crearán una zona de al menos 40 metros alrededor del vertedero de residuos libre de maleza, hierba seca u otro material inflamable;
g) fumar, arrojar cerillas, puros y cigarrillos encendidos y realizar cualquier otra operación que pueda generar riesgo de incendio.

Al mismo tiempo que:

  • propietarios y/o administradores de áreas agrícolas baldías, áreas verdes urbanas baldías, áreas verdes industriales abandonadas;
  • titulares de zonas de amortiguamiento para acueductos, líneas eléctricas, vías férreas y viales;
  • administradores de edificios con áreas anexas contiguas;
  • propietarios de áreas con almacenamiento temporal y/o permanente al aire libre;
  • operadores de subestaciones eléctricas;
  • propietarios de áreas no urbanizadas en general;
  • administradores de obras de construcción y carreteras;

se solicita:
a) realizar el mantenimiento de las áreas, limpiar sus terrenos retirando cualquier elemento o condición que pueda representar un peligro para la seguridad e higiene públicas, en particular retirando desechos, matorrales y cualquier otra cosa que pueda ser vehículo contra incendios manteniendo condiciones que no aumentar el riesgo de incendio; estas intervenciones de limpieza deberán realizarse a más tardar 15 días después de la publicación de la Ordenanza y, si es necesario, repetirse durante la temporada de verano;
b) prever, en los campos aledaños a la vía, la creación de un cortafuegos de protección, de no menos de 5 metros lineales de ancho, libre de vegetación;
c) prever la limpieza de especies herbáceas y arbustivas en las áreas pertenecientes a las subestaciones eléctricas en un radio no menor de 10 metros lineales;
d) disponer que los setos se ajusten de manera que no estrechen la calzada ni dañen la superficie de la misma;
e) podar las ramas de las plantas que se extienden más allá del borde de la carretera, para garantizar la visibilidad, con especial atención a los tramos próximos a las curvas;
f) asegurar la limpieza, en un radio no inferior a 5 metros, del área circundante a los tanques de los sistemas externos de combustible líquido.
g) garantizar, en el caso de propiedad de terrenos cultivados, pastoreados o baldíos, adyacentes a vías férreas, mantener los terrenos hasta 20 metros del borde ferroviario libre de gavillas de trigo, pastos secos y cualquier otro material combustible y además, limitar el terreno cultivado recién cosechado con una franja de terreno surcada por el arado y de no menos de 5 metros de ancho.

A los organismos gestores de infraestructuras y servicios, a las empresas gestoras de ferrocarriles, ANAS, a las empresas gestoras de servicios de agua, a la Sociedad de Autopistas, a la Provincia y a los Consorcios de Recuperación de Suelo, para colaborar en las estrategias de prevención garantizando la limpieza de los andenes, cunetas y taludes, eliminando hierba seca, residuos vegetales, zarzas, necromasa, residuos y cualquier otro material inflamable.

A los infractores se les aplicarán las sanciones administrativas previstas por la ley.
Se invita a todo ciudadano, incluidos turistas o excursionistas, a colaborar en las actividades de notificación e intervención notificando inmediatamente cualquier incendio a una de las siguientes autoridades:

  • Cuerpo Nacional de Bomberos: TEL. 115
  • Carabineros forestales: TEL. 112 – 1515
  • Sala Permanente de Operaciones Unificadas de la Región de Abruzzo: TEL. 0862/311526
  • Número gratuito de SOUP (Sala de Operaciones Unificadas Permanentes): 800.861.016.

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