En los últimos días, el tribunal de Benevento emitió una importante orden relativa a las molestias acústicas derivadas del funcionamiento de las torres eólicas. El recurso fue presentado por el abogado Antonio Maddalena, con despacho profesional en Baselice.
En el recurso presentado por el abogado. Maddalena se quejó de que “algunos ciudadanos de San Marco dei Cavoti se vieron sometidos a un ruido intolerable procedente del funcionamiento de las torres eólicas. Las torres generaban una molestia sonora que provocaba molestias e interfería en el normal desarrollo de la vida diaria. Luego de una serie de mediciones de ruido en las viviendas, se constató la presencia de un nivel de ruido perturbador.”
Al acoger el recurso, el tribunal de Benevento ordenó a las empresas propietarias de las torres “adoptar todas las medidas técnicas necesarias para respetar los límites de emisiones sonoras derivadas del funcionamiento de las turbinas eólicas”.
Se condenó a las empresas a pagar las costas judiciales. La noticia la dio la abogada Maddalena. “La ordenanza que se acaba de aprobar – añade Maddalena – pone un límite a la contaminación acústica generada por el funcionamiento de las torres eólicas que hoy se han convertido en parte integrante del paisaje de Sannio”.