El Milán gana la primera ronda en el TAR en la apelación contra el nuevo estadio

El Milán da un golpe y sale victorioso de la primera vuelta del recurso presentado por 13 ciudadanos de San Donato Milanés Y Chiaravalle – Apoyado por Comité “No hay estadio en San Donato Milanese” y asistido por un grupo de abogados –, con el objetivo de pedir cancelación de los actos adoptados por la administración municipal a favor de construcción del estadio de Milán en el área San Francisco en San Donato Milanese.

Sentencia del TAR de Milán sobre el nuevo estadio – Las peticiones de los recurrentes

El TAR publicó hoy la primera sentencia en relación a la denuncia presentada por los ciudadanos, que solicitaron la cancelación:

  • desde el Resolución del Consejo Municipal de San Donato Milanese n. 15 del 24/01/2024, publicado el 25 de enero de 2024 con el tema: “Propuesta inicial de una variante urbanística para la implementación de una intervención de transformación urbana de carácter deportivo (Estadio del AC Milan) con relevancia supramunicipal – evaluación favorable de viabilidad”;
  • del Plan de IMPLEMENTACION (Programa de Intervención Integrada) aprobado por la Administración Municipal, cuyo objetivo es permitir la creación de un proyecto de asentamiento deportivo con la ubicación de un Sports Arena (nuevo estadio del AC Milan) con una capacidad aproximada de 70.000 asientos y estructuras anexas y complementarias que, debido a Con características, necesidades y finalidades concretas, además de constituir una intervención de importancia supramunicipal, supone también una variación del instrumento general de Gobierno Territorial (PGT) y prevé importantes obras públicas e infraestructuras de utilidad pública, citadas en la resolución del Consejo. No. 15 del 24/01/2024 y publicado el 25 de enero de 2024, actos y detalles desconocidos;
  • del Documento de análisis técnico preliminar a efectos de verificar la viabilidad de la propuesta Anexo 1 de la DG 15/2024;
  • así como cualquier otro acto relacionadoprerrequisito y/o consecuente, incluso en estado desconocido, ASÍ COMO PARA LA CONDENACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE EXHIBIR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS – solicitud de propuesta variante presentada por SportLifeCity Srl el 28.09.2023, así como todos los anexos relacionados en el estado desconocido conocido;
  • poder del Consorcio a SportLifeCity mencionado en la carta de fecha 01.04.2024, conocido por la defensa abajo firmante citado en el documento de análisis técnico preliminar a los efectos de verificar la viabilidad de la propuesta Anexo 1 de la DG 15/2024.

Fallo del TAR de Milán sobre el nuevo estadio – La decisión de la Segunda Sección

«los exponentes – leemos en la resolución – son residentes en el Municipio de San Donato Milanese (MI) y con el recurso en el epígrafe impugnaron los documentos relativo a una variante urbanística de carácter deportivo y un plan de ejecución para la construcción de una nueva estructura deportiva, concretamente el estadio del AC Milan. El recurso contiene una solicitud para que se muestren una serie de documentos relativos a la referida intervención.».

Tanto el Ayuntamiento como la empresa que propone el plan de intervención, SportLifeCity Srl, se formaron. La primera audiencia estaba prevista para el 4 de junio de 2024 y fue aplazada, según reveló. Fútbol y finanzas – hacia 18 de junio de 2024a la luz de la producción documental realizada por el otro interesado.

El Municipio, en sus escritos de defensa, «afirmó varias veces que ya lo hemos puesto a disposición de algunos de los recurrentes la documentación aquí solicitada por ellos; sin embargo, al tratarse de una documentación muy abundante, la Administración ha creado un “Enlace” especial al que se puede acceder para leer los documentos y sus anexos. Este “Vínculo” está incluido en los escritos de defensa del Municipio, el más reciente el presentado con vistas a la audiencia del 18.6.2024», leemos en la frase.

«La sociedad contrainteresada, por su parte, con nota de 3.6.2024 también presentó ante el tribunal una serie de documentos, entre ellos el poder de 30.5.2017 emitido a su favor por Asio Srl. exponentes no se consideró satisfecho y también durante la audiencia del 18.6.2024 insistió en la condena del Municipio a la entrega del documento constituido por el poder del Consorcio a SportCityLife mencionado en los autos del caso, “con evidencia de su anexo a la solicitud”».

En la misma audiencia, el defensor del Municipio declaró que toda la documentación solicitada fue producida o puesta a disposición en el sitio web de la Administración y que no existe ningún documento que destaque el adjunto del poder a favor de SportCityLife a la solicitud, como se solicitó en su lugar. por los exponentes.

«Sobre esto – especifica el TAR – Recuerde que la solicitud de acceso a documentos se refiere exclusivamente a documentos que se encuentran en posesión de la Administración y que en ningún caso pueden transformarse en una especie de control de las operaciones administrativas ni puede obligar a la propia Administración a formar nuevos actos».

En consecuencia, la Sala consideró que la solicitud de acceso a los documentos ya había sido satisfecha y que no se había ofrecido prueba de la existencia de otros documentos que en su lugar habrían sido acceso indebidamente denegado. Por esta razón, el «Tribunal Administrativo Regional de Lombardía (Sección Segunda) declara inadmisible la solicitud de acceso contenida en el recurso de apelación en el epígrafe».

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