para los jueces es violencia de pandillas

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Fue violencia sexual grupal porque ambos acusados ​​tuvieron un papel activo en perpetrar la violencia contra la víctima que se encontraba en…

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Se trató de violencia sexual grupal porque ambos acusados ​​tuvieron un papel activo en la perpetración de la violencia contra la víctima que se encontraba en condiciones de inferioridad psicológica debido a la ingesta voluntaria de alcohol y por lo tanto fue reducida “al rango de objeto del acto sexual”. él se rindió‘Apelar y fue sentenciado a 5 años y medio de prisión PP – 35 años, de Salerno – acusado junto con su novia de haber violado a una mujer el 31 de agosto del año pasado 19 años de edad después de una noche en la discoteca. La sentencia contra el acusado, asistida porabogado agostino allegro y alcanzada el pasado mes de enero mediante una orden de detención cautelar que le llevó tras las rejas, ha pasado a ser definitiva y la pena ya impuesta en primera instancia de 6 años de prisión ha sido ligeramente reducida en función de la Reforma de Cartabia que da derecho a un descuento si no se recurre la sentencia de primera instancia. TC, 22 años, asistido porabogado gianluca salzano, condenado a 4 años en primera instancia. En la motivación de la sentencia de primer grado los jueces destacan la credibilidad de la víctima – parte civil con la abogada Claudia Pecoraro, persona de contacto del centro contra la violencia de Leucosia – quien se encontraba en un estado de grave alteración psicológica plenamente evidente a los ojos de los imputados, quienes admitieron que tuvieron que recurrir a algunos fármacos para recuperar a la niña que, por momentos, incluso parecía “semi inconsciente”. Las responsabilidades reconocidas por los jueces son muy graves no sólo contra el hombre de 35 años, autor material de la violencia, sino también contra el joven de 22 años cuya conducta – leemos en la sentencia – “no sólo fue decisiva sino también percibido por la víctima de forma particularmente ofensiva y humillante”. En el razonamiento, los jueces destacan la “precisión desesperada” con la que la víctima recordaba “las frases pronunciadas por el acusado quien, dirigiéndose a su novia, le pidió permiso para tocar o girar a su amiga de esta manera mostrando claramente la plena participación de ambos”. a una conducta en la que no se tuvo en cuenta la voluntad de la niña.” «La víctima – escriben además los jueces – también se refirió a sensaciones y estados de ánimo muy específicos que permiten comprender cómo percibió lo sucedido: declaró de hecho que no podía olvidar los ojos de su amiga que la miraba llorar mientras el El chico abusó de ella, expresando su asentimiento a las peticiones del hombre, sin intervenir y sin mostrar empatía hacia ella. Y la víctima – continúan – se quejó al acusado precisamente de este detalle, de la indiferencia con la que había observado el sufrimiento del otro, incluso durante la conversación grabada al día siguiente del suceso, con una amiga”. La credibilidad de la niña está confirmada por las declaraciones de algunos amigos que, contactados después de la violencia, “fueron los primeros en escuchar de la víctima una versión absolutamente coherente con la que luego propusieron a los investigadores”.

Los jueces, en la motivación, aclaran que «a los imputados se les imputa el delito de violencia sexual grupal, tanto mediante la implementación de una conducta coercitiva (uso de la violencia consistente en bloquear a la víctima) como mediante la implementación de una conducta inductiva identificada en el’ abuso de las condiciones psicofísicas de la víctima quien se encontraba en estado de semiinconsciencia debido a la ingesta voluntaria importante de sustancias alcohólicas.’

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