Declaración del estado de grave peligro por incendios forestales en el año 2024

Declaración del estado de grave peligro por incendios forestales en el año 2024
Declaración del estado de grave peligro por incendios forestales en el año 2024

Tras el Decreto del Presidente de la Región de Puglia (n. 260 de 7 de junio de 2024), que declara el estado de grave peligro de incendio en todas las zonas boscosas, pastizales o con presencia de árboles y arbustos en la Región de Puglia, a partir del 15 Del junio al 30 de septiembre de 2024, el alcalde Francesco Intini emitió una ordenanza (n. 70 del 19 de junio de 2024). Esta ordenanza obliga a los propietarios, inquilinos, arrendatarios, administradores, organismos públicos y privados a adoptar las medidas de prevención de incendios previstas por la Ley Regional núm. 38/2016.

El período de alerta de riesgo de incendio, que se extiende del 15 de junio al 30 de septiembre de 2024, afecta a todas las zonas boscosas, arbustivas, arboladas, cultivadas, baldías y de pastoreo del territorio municipal. Esta ordenanza se emite anualmente para preparar y concientizar a la comunidad para prestar la máxima atención contra los incendios forestales, anticipando las medidas a adoptar hasta el 30 de septiembre de 2024.

Durante este período está absolutamente prohibido encender fuegos de cualquier tipo, hacer estallar minas, utilizar explosivos o utilizar llamas o aparatos eléctricos para cortar metales. También está prohibido el uso de motores, estufas o incineradores que produzcan chispas o brasas, para mantener en funcionamiento fogones, hornos de leña y vertederos públicos y/o privados incontrolados. No se puede fumar, arrojar cerillas, puros o cigarrillos encendidos y realizar operaciones que puedan generar un riesgo inmediato o intermedio de incendio. Está prohibido realizar actividades pirotécnicas, transitar y/o estacionar vehículos en vías no pavimentadas dentro de zonas boscosas y transitar con vehículos motorizados fuera de vías estatales, provinciales, municipales, privadas y locales, salvo que sean vehículos de servicio o de uso agroforestal autorizado. -actividades pastorales. Además, está prohibido abandonar residuos en los bosques y en vertederos ilegales.

Los propietarios, inquilinos y arrendatarios, tanto públicos como privados (incluido el Ayuntamiento), deberán crear, antes del 15 de julio, una franja protectora (precesa) con una anchura continua y constante de al menos 5 a 15 metros, según el tipo de terreno.

Obligaciones adicionales afectan a los propietarios y gestores de bosques, redes de carreteras y ferrocarriles, alojamiento e instalaciones turísticas. Los infractores de estas normas se enfrentarán a multas que oscilarán entre 500 y 5.000 euros. La ordenanza concluye con una invitación a los ciudadanos a denunciar cualquier situación peligrosa y con instrucciones para que la policía supervise y haga cumplir las leyes y la ordenanza.

Estas medidas son fundamentales para prevenir incendios y proteger nuestro territorio. La colaboración de todos es fundamental para garantizar la seguridad de la comunidad.

Ordenanza N° 70 del 19/06/2024

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