Tras el Decreto del Presidente de la Región de Puglia (n. 260 de 7 de junio de 2024), que declara el estado de grave peligro de incendio en todas las zonas boscosas, pastizales o con presencia de árboles y arbustos en la Región de Puglia, a partir del 15 Del junio al 30 de septiembre de 2024, el alcalde Francesco Intini emitió una ordenanza (n. 70 del 19 de junio de 2024). Esta ordenanza obliga a los propietarios, inquilinos, arrendatarios, administradores, organismos públicos y privados a adoptar las medidas de prevención de incendios previstas por la Ley Regional núm. 38/2016.
El período de alerta de riesgo de incendio, que se extiende del 15 de junio al 30 de septiembre de 2024, afecta a todas las zonas boscosas, arbustivas, arboladas, cultivadas, baldías y de pastoreo del territorio municipal. Esta ordenanza se emite anualmente para preparar y concientizar a la comunidad para prestar la máxima atención contra los incendios forestales, anticipando las medidas a adoptar hasta el 30 de septiembre de 2024.
Durante este período está absolutamente prohibido encender fuegos de cualquier tipo, hacer estallar minas, utilizar explosivos o utilizar llamas o aparatos eléctricos para cortar metales. También está prohibido el uso de motores, estufas o incineradores que produzcan chispas o brasas, para mantener en funcionamiento fogones, hornos de leña y vertederos públicos y/o privados incontrolados. No se puede fumar, arrojar cerillas, puros o cigarrillos encendidos y realizar operaciones que puedan generar un riesgo inmediato o intermedio de incendio. Está prohibido realizar actividades pirotécnicas, transitar y/o estacionar vehículos en vías no pavimentadas dentro de zonas boscosas y transitar con vehículos motorizados fuera de vías estatales, provinciales, municipales, privadas y locales, salvo que sean vehículos de servicio o de uso agroforestal autorizado. -actividades pastorales. Además, está prohibido abandonar residuos en los bosques y en vertederos ilegales.
Los propietarios, inquilinos y arrendatarios, tanto públicos como privados (incluido el Ayuntamiento), deberán crear, antes del 15 de julio, una franja protectora (precesa) con una anchura continua y constante de al menos 5 a 15 metros, según el tipo de terreno.
Obligaciones adicionales afectan a los propietarios y gestores de bosques, redes de carreteras y ferrocarriles, alojamiento e instalaciones turísticas. Los infractores de estas normas se enfrentarán a multas que oscilarán entre 500 y 5.000 euros. La ordenanza concluye con una invitación a los ciudadanos a denunciar cualquier situación peligrosa y con instrucciones para que la policía supervise y haga cumplir las leyes y la ordenanza.
Estas medidas son fundamentales para prevenir incendios y proteger nuestro territorio. La colaboración de todos es fundamental para garantizar la seguridad de la comunidad.
Ordenanza N° 70 del 19/06/2024
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