las nuevas reglas para la gestión de metadatos

estan reducidos metadatos para ser eliminado en correos electrónicos de la empresa para proteger el privacidad de los empleados.

El nuevo medida del Garante de privacidad los revisa pautas publicado el pasado mes de febrero y que había causado alarma entre las empresas.

La definición actualizada y más precisa de metadatos marcos yo datos registrados automáticamente desde los sistemas de correo electrónico.

Son, por tanto, excluido toda la información contenida en cuerpo del correo electrónico y en el llamado “sobre”, es decir, el conjunto de títulos técnicos Documentos estructurados que documentan el enrutamiento del mensaje, su origen y otros parámetros técnicos.

Privacidad del correo electrónico corporativo: las nuevas reglas para la gestión de metadatos

El capítulo sobre el tema relacionado avanza hacia su conclusión. proteccion desde el privacidad de los empleados Dentro del marco de gestión de correos electrónicos de la empresa.

El medida aprobado por Garante de privacidad El 6 de junio trae cambios sustanciales a la pautas publicado el pasado mes de febrero y que desató agitación y pánico dentro del negocios.

El nuevo texto, que sustituye a las antiguas normas, parece llegar al punto de equilibrio respecto a las cuestiones planteadas: revisamos la gestión de metadatos ahora entendido como el información que el sistema de correo electrónico registro automáticamente y que por tanto no debe confundirse con los datos contenidos en cuerpo de mensajes o que forman los llamados sobrees decir, el conjunto de títulos técnicos Documentos estructurados que documentan el enrutamiento del mensaje, su origen y otros parámetros técnicos.

Pero demos un paso atrás. En febrero, de hecho, el Garante ha publicado los nuevos Directrices para el procesamiento de datos personales de los empleados. por empleadores que utilizan programas también proporcionados en modo nube para gestión de correo electrónico.

En concreto, se limitó a un máximo de 7 días (ampliable por 48 horas) el recopilación automática de metadatos relacionados con el uso de las cuentas de correo electrónico de los empleados, como día, hora, remitente, destinatario, asunto y tamaño del correo electrónico, y el almacenamiento por períodos prolongados.

Para períodos de almacenamiento más prolongados fue necesarioacuerdo sindical o la autorización deinspección del trabajo.

Noticias que han generado bastante caos en las empresas que inmediatamente demostraron dificultad de aplicación de las nuevas normas, hasta el punto de que el Garante ha decidido suspender la eficacia de las directrices y lanzar una nueva Consulta pública.

Bueno, el nuevo. disposición de 6 de junio parece llegar a una plaza, gracias a novedad que debería resolver el preocupaciones de empresas.

Privacidad del correo electrónico corporativo: novedades de la disposición del Garante

La primera novedad se refiere a la precisión definición de metadatosque circunscribe la información registrada automáticamente de los sistemas de correo electrónico, independientemente de la percepción y voluntad del usuario.

Por lo tanto, como subraya el Garante, estos no deben confundirse en modo alguno con los información contenida en mensajes de correo electrónico o en el “sobre”.

“La información contenida en el sobre, aunque corresponde a metadatos registrados automáticamente en los registros del servicio de correo, es inseparable del mensaje del que forma parte integrante y que queda bajo el control exclusivo del usuario (ya sea remitente o destinatario de los mensajes).”

Por tanto, las indicaciones contenidas en el pautas y relativos a los tiempos de conservación de los metadatos, entendidos según la nueva definición, no se refieren a i contenido del mensaje del correo electrónico (ni la información técnica que forma parte integrante del mismo) que permanece a disposición del usuario/trabajador, dentro de la bandeja de entrada del correo electrónico.

entender yo metadatos de esta manera, por lo tanto, parece evitar la preocupaciones que surgieron en los últimos meses en las empresas.

yoactividades de recolección y conservación La recopilación de metadatos/registros necesarios para garantizar el funcionamiento de las infraestructuras del sistema de correo electrónico, subraya el Garante, normalmente puede llevarse a cabo durante un tiempo. período limitado a unos pocos días. Sin embargo, la conservación no debe exceder 21 días.

Lo posible almacenamiento a un plazo aún más largo sólo será posible en presencia de condiciones particulares que hagan necesaria su prórroga, la cual deberá acreditarse adecuadamente conforme al principio de responsabilidad.

Garante para la protección de datos personales – Disposición de 6 de junio de 2024
Gestión del correo electrónico en el contexto laboral y procesamiento de metadatos.

PREV Lo que se dice en el ejército sobre el caso Leopard 2A8 y la ruptura entre Knds y Leonardo
NEXT PureTech Motors: Stellantis no quiere compensar a los clientes