Asp Palermo tendrá que pagar un reembolso a un consultorio dental activo durante el Covid

Asp Palermo tendrá que pagar un reembolso a un consultorio dental activo durante el Covid
Asp Palermo tendrá que pagar un reembolso a un consultorio dental activo durante el Covid

PALERMO (ITALPRESS) – La ASP de Palermo corre el riesgo de tener que pagar grandes reembolsos a los centros de salud afiliados que han garantizado servicios de salud durante la pandemia de Covid-19. Hay una sentencia de la quinta sección civil del tribunal de Palermo que pone en evidencia un capítulo muy delicado. De hecho, el juez condenó a la ASP de Palermo a conceder el subsidio Covid a un consultorio dental, que la empresa sanitaria había denegado, al considerar que la ley regional que preveía estas sumas había sido derogada por la legislación nacional de emergencia. Pero según el tribunal, este no es el caso y la ASP tendrá que pagar ahora casi 40.000 euros en concepto de subsidio de función Covid y costas judiciales. La estructura odontológica contó con la asistencia de los abogados Alessandro Palmigiano y Marco Cassata, del despacho Palmigiano e Associati.
Se trata de un consultorio médico de Palermo que desde hace años desarrolla actividades en el sector odontológico como estructura especializada privada acreditada ante el sistema regional de salud. La ley regional 9/2020 de la Región había previsto que a las estructuras acreditadas se les reconocería, para cada mes y durante todo el período Covid, una asignación de función equivalente a 1/12 del presupuesto asignado para 2019 (se trataba esencialmente de un apoyo a el trabajo adicional y constante realizado durante la pandemia).
Pero cuando el consultorio médico lo solicitó a la ASP, le negaron estas sumas. Al parecer, la empresa sanitaria de Palermo creía que la ley regional había sido derogada por la legislación de emergencia nacional. En particular, habría afirmado que el artículo 4 del Decreto Legislativo 34/2020, que preveía el pago único a las estructuras para sobrevivir al período de pandemia, había socavado el compromiso de la Región.
Por lo tanto, el centro dental recurrió al bufete de abogados Palmigiano e Associati para iniciar una demanda. Los abogados Palmigiano y Cassata cuestionaron la posición de la ASP: la ley nacional nunca podría haber derogado la ley nacional, tanto por razones formales como de fondo. En particular, la ley estatal citada por la ASP era una “disposición legal”, que tenía características de concreción, que no podía prevalecer sobre la ley regional, especialmente en el caso de la Región de Sicilia, con poderes y peculiaridades especiales en el sector de la salud. . Además, no era aplicable al caso, ni siquiera en cuanto al fondo.
El consultorio médico, de hecho, nunca suspendió sus actividades asistenciales durante el período de emergencia, continuando prestando sus servicios, como quedó documentado durante el caso.
La jueza de la quinta sección civil del tribunal de Palermo, Emanuela Piazza, coincidió con Palmigiano y asociados, considerando correcto el cálculo relativo al período Covid, expresándose con estas palabras: “Se trata de una contribución única vinculada a la emergencia en curso y proporcionada por las regiones y provincias autónomas en las que está ubicada la estructura receptora del presupuesto, para compensar únicamente los costos fijos incurridos por la estructura privada acreditada y reportados por la misma estructura que, en base a una disposición regional específica, ha suspendido las actividades previstas en los acuerdos y contratos pertinentes estipulados para el año 2020. En consecuencia, la ley estatal no es aplicable al caso en cuestión también debido a la falta del requisito previo objetivo, es decir, la suspensión de la actividad. Y de hecho, la hoy recurrente nunca suspendió la actividad asistencial durante el periodo de emergencia al que se refiere el litigio, continuando prestando sus servicios a los usuarios”
En base a esto, la ASP fue condenada a pagar casi 40.000 euros en concepto de subsidio de función Covid y costas judiciales.
“La sentencia, al interpretar correctamente las normas, aclaró el derecho de los centros sanitarios a obtener las sumas – comentaron Alessandro Palmigiano y Marco Cassata -. Los consultorios médicos afiliados que garantizaron la actividad durante la pandemia pueden, por tanto, seguir actuando, pidiendo que se les reconozca el trabajo realizado durante el Covid, afrontando riesgos y peligros”.

– Foto: Oficina de prensa de Studio Palmigiano –
(ITALPRENSA).


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