El resultado del concurso de intermediación de la Autoridad Sanitaria Local de Lecce fue ilegítimo, el Consejo de Estado confirma la decisión

El resultado del concurso de intermediación de la Autoridad Sanitaria Local de Lecce fue ilegítimo, el Consejo de Estado confirma la decisión
El resultado del concurso de intermediación de la Autoridad Sanitaria Local de Lecce fue ilegítimo, el Consejo de Estado confirma la decisión

El Consejo de Estado confirma que la autoridad sanitaria local de Lecce, en unión de compras con otras autoridades sanitarias locales regionales, actuó de forma ilegítima en la adjudicación de la licitación corretaje de seguros.

Así lo estableció la Sección Tercera que, con sentencia publicada esta mañana, confirmó la sentencia del pasado mes de noviembre, admitiendo el recurso propuesto por la agrupación temporal entre las empresas Mag de Roma y Adriateca de Lecce, asistida por el abogado Luis Quintocontra la disposición de adjudicación de “Via Miglietta” a favor de las empresas Aon de Milán e Ital Brokers de Génova.

El abogado Luigi Quinto

Allá Autoridad sanitaria local de Lecce, como entidad dirigente del sindicato de compras con las empresas de Foggia, Bari y Policlinico di Bari, había anunciado en 2021 la licitación para la cesión por tres años, con opción de prórroga por dos años más, del servicio de corretaje de seguros. , por un valor de más de tres millones de euros. El procedimiento finalizó en 2022 y, tras la apertura de las ofertas, la comisión había registrado un ex aequo entre tres competidores.

Por ello, durante la sesión de licitación, la comisión invitó a los presentadores de las mejores ofertas a formular una oferta para identificar al ganador. Al final de esta nueva fase, la mejor oferta fue la del grupo Mag-Adriateca. Sin embargo, el subcampeón se opuso a la invalidez de la oferta de relanzamiento del ganador porque estaba firmada únicamente por el agente del grupo.

La ASL compartió esta observación, excluyendo a Ati Mag y adjudicando la licitación al segundo clasificado. El resultado del procedimiento fue impugnado ante el juez administrativo por el grupo excluido. El Tribunal Administrativo Regional de Lecce consideró legítimas las acciones de la ASL y desestimó el recurso.

Otra opinión fue el Consejo de Estado, que con sentencia publicada a finales de 2023 había reformado la sentencia de primera instancia, ordenando la readmisión del grupo Mag a la licitación y la adjudicación de la licitación a su favor. En este punto, el grupo Aon impugnó la decisión de “Palacio Spada” con el recurso extraordinario de revocación, en el supuesto de que se fundamente en un verdadero “error de hecho”. Los Jueces pusieron fin al asunto, declarando inadmisible el nuevo recurso.

“El Juez Administrativo ha delimitado el error fáctico revocatorio – comentó Quinto – aclarando que en este caso el error no existe por la circunstancia de la entrega conjunta a la Comisión de Licitación de la hoja que contiene la oferta de mejora por parte de los dos representantes. de las sociedades no representa un hecho supuesto, sino más bien una conclusión lógica que el Consejo ha deducido de circunstancias fácticas inequívocamente establecidas”.

De este modo, las empresas Mag y Adriateca garantizarán el servicio a todas las autoridades sanitarias locales de Apulia durante los próximos tres años.

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