Coches eléctricos, autonomía inferior a la esperada: el cliente gana la batalla legal

Coches eléctricos, autonomía inferior a la esperada: el cliente gana la batalla legal
Coches eléctricos, autonomía inferior a la esperada: el cliente gana la batalla legal

No es ningún secreto que algunos coches eléctricos reclaman ciertos kilómetros de autonomía, pero la realidad parece muy distinta. Los motivos pueden ser diferentes: en primer lugar, temperaturas demasiado frías. En los Países Bajos, un automovilista fue compensado precisamente porque la autonomía de su vehículo era muy diferente de la declarada por la empresa. Esta historia podría sentar un precedente muy importante, y otros automovilistas descontentos podrían seguir este ejemplo.

Automovilista indemnizado porque su coche eléctrico no alcanza la autonomía declarada por la empresa

El Tribunal Supremo de los Países Bajos, el pasado 28 de junio, falló a favor de un automovilista que llevaba varios años librando esta batalla. El propietario del vehículo, un Jaguar I-Pace eléctrico comprado en 2018 para 89,235 eurosganó la larga batalla legal porque su coche nunca alcanzó la autonomía declarada por el fabricante de automóviles.

Según el concesionario donde el automovilista realizó la compra, el Jaguar debería haber alcanzado una autonomía de 480 kilómetros con una sola carga, “suficiente para un recorrido medio de 320 km por semana”. Es una pena que el vehículo en cuestión, según declaró su propietario, nunca haya podido recorrer más de 280 kilómetros con una sola carga.

El automovilista, decepcionado con su compra, revendió el coche. Jaguar I-Pace eléctrico sólo un año después, por una suma de 65.000 euros. El propietario había intentado previamente revender el vehículo al concesionario, pero no lo consiguió. Luego de la venta del vehículo, el hombre inició una batalla legal que duró cinco años. El caso no terminó hasta el viernes pasado, cuando el tribunal falló a favor del cliente y multó al minorista con una cantidad de 19.000 euros, igual a la diferencia entre el precio de compra original y el precio de reventa, además de los honorarios legales. El concesionario apeló entonces, pero el Tribunal Supremo dictaminó que el contrato de compra especificaba, de hecho, un coche con una autonomía de 480 km con una sola carga.

El abogado del cliente comentó: “Esta sentencia proporciona una protección adicional a quienes opten por adquirir un coche eléctrico”. ¿Esta sentencia llevará a los fabricantes y concesionarios de automóviles a informar datos más veraces en el futuro? Si es así, lo sabremos pronto.

Marca: Jaguar   Argumento: Coches eléctricos

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