Impuestos, último día para pagar saldo y anticipo de Irpef, Iras e Irap

Impuestos, último día para pagar saldo y anticipo de Irpef, Iras e Irap
Impuestos, último día para pagar saldo y anticipo de Irpef, Iras e Irap

Hoy lunes 1 de julio es el último día para pagar el Irpef, Ires e Irap resultantes de las declaraciones anuales en un solo pago o en primera cuota (quienes presenten el modelo 730 sin retención en origen o el modelo de Renta), como saldo para el año 2023 y como primer anticipo para el año 2024, sin incremento alguno. El plazo de hoy deriva de que el ordinario, el 30 de junio, cayó en domingo.

Contribuyentes podrán pagar el impuesto hasta el 31 de julio (trigésimo día siguiente a la fecha límite) aplicando el incremento del 0,40 por ciento como consideración.

Juntos, recuerda la revista online Revenue, Fiscooggila cita anual para el pago de la primera cuota o la solución única delrecargo regional al Irpef y recargo municipal al Irpef resultantes de las declaraciones anuales, como el saldo de 2023 y el primer anticipo de 2024, ambos sin incremento.

Pero estas no son las únicas citas: también está la fecha límite impuesto seco sobre alquilerestambién a pagar como saldo de 2023 y primer anticipo de 2024.

Los pagos deberán realizarse con el formulario F24 directamente, de forma electrónica utilizando los servicios “F24 web” o “F24 online” de la Hacienda Pública, a través de los canales telemáticos Fisconline o Entratel o con elhogar bancario de su entidad de crédito (excepto en el caso del formulario F24 de saldo cero), o a través de un intermediario autorizado.

En lo que respecta al Irpef y al impuesto único, los sujetos que no tengan un número de IVA también podrán pagar con el formulario F24 en papel en los bancos, en Poste Italiane y en los agentes de recaudación, siempre que no utilicen créditos fiscales o de contribuciones para compensar, o cuando tienen que pagar F24 precargado por la autoridad fiscal.

Otro plazo, también hoy, para los contribuyentes residentes en Italia que posean propiedades o activos financieros en el extranjero, obligados a pagar respectivamente. de Ivie e Ivafe.

Mismo plazo para la comunicación anual al registro tributario a la que se requieren agentes inmobiliarios o gestores de portales electrónicos, de datos sobre alquileres de corta duración como nombre, apellidos y NIF del arrendador, duración del contrato, importe del consideración bruta y dirección del inmueble. Para sujetos residentes, la presentación deberá realizarse a través del canal Entratel/Fisconline directamente o a través de intermediarios, y la recopilación deberá realizarse con el software puesto a disposición por la Agencia. Para los no residentes, en cambio, la comunicación será transmitida por el establecimiento permanente con el canal Entratel/Fisconline o, alternativamente, por el representante fiscal.

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