Qué calificación para el entrepiso: con un aumento de superficie, se necesita un permiso de construcción para evitar abusos en la construcción | Artículos

Qué calificación para el entrepiso: con un aumento de superficie, se necesita un permiso de construcción para evitar abusos en la construcción | Artículos
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La ampliación de la superficie interna, dejando inalterado el volumen externo, con la creación de un entresuelo de m2. 153,60, integra uno real renovación de edificios ausente con un permiso de construcción, en ausencia del cual existe una infracción de construcción que requiere demolición.

La TAR Lazio aclaró esto en la sentencia 7164/2024, de 12 de abril, precisando en primer lugar que las normas de construcción del entrepiso, o el espacio adicional creado dentro de una habitación mediante la colocación de un piso en él, deben evaluarse caso por caso. base, en relación con las características del producto.

Entresuelo: cuando se necesita permiso de construcción y cuando es gratuito

El TAR, desestimando el recurso, precisa que cuando el entrepiso, como en el caso que nos ocupa, es de no es de tamaño modesto e implica una renovación sustancial de la propiedad preexistentecon un aumento de la superficie del inmueble y, en perspectiva, una mayor carga urbanística, para acogerlo se requiere calificación (ex multis, Concejal Estado, sec. VI, 11 de febrero de 2022, n. 1002).

El entresuelo, sin embargo, entra dentro del alcance de la Intervenciones menores en la construcción, para las cuales no se requiere el título, cuando sea tal que no aumente la superficie de la propiedad.. Pero esta última hipótesis se da sólo si el espacio creado con el entrepiso consiste en una habitación cerrada, sin ventanas ni luces, de altura interna modestade modo que sea absolutamente inutilizable para las personas (ver Cons. Stato, art. VI, 2 de marzo de 2017, n. 985; art. VI, 9 de julio de 2018, n. 4166; art. IV, 8 de julio de 2019, n. 4780).

Entresuelo: ¿qué calificación exige el Texto Refundido de la Ley de Edificación? Depende del aumento de superficie.

Un entrepiso puede entrar en el ámbito de las intervenciones de construcción menores, para las cuales no se requiere un permiso de construcción, sólo cuando sea tal que no aumente la superficie de la propiedad.

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Entresuelo: no hay amnistía para el tercer edificio en zona restringida

De ello se deduce que la entreplanta no puede ser “remediada”, como quisiera el recurrente, haciéndola pasar por una obra menor, que en la zona restringida puede regularizarse según la Amnistía del Tercer Edificio (DL 269/2003, apto para restauración, rehabilitación conservadora y mantenimiento extraordinario).

Pero no. De hecho, habiendo aclarado la naturaleza de las obras realizadas y aclarado que el momento de finalización de las obras se remonta a marzo de 2003, se recuerda la orientación jurisprudencial consolidada, según la cual, en relación con los abusos en la construcción cometidos en zonas sujetas a restricciones paisajísticas, la amnistía prevista por el art. 32 del Decreto Legislativo 269/2003 es aplicable exclusivamente a Intervenciones de menor importancia indicadas en los números 4, 5 y 6 del Anexo 1. del citado decreto (restauración, rehabilitación conservadora y mantenimiento extraordinario) y sujeto a la opinión favorable de la Autoridad responsable de proteger el condicionante, mientras Las obras abusivas a que se refieren los números 1, 2 y 3 anteriores no son en ningún caso susceptibles de amnistía. del mismo anexo, incluso si la zona está sujeta a una limitación de relativa inconstruibilidad y las intervenciones respetan las normas urbanísticas y las disposiciones de los instrumentos (ver más recientemente TAR Lazio, Roma, Sección IV ter, 11 de marzo de 2024, n. 4813 y los numerosos precedentes allí citados).

De ello se deduce, por tanto, que la imputación en cuestión es infundada, como bien constató el demandante, en la época anterior a la imposición de la restricción que nos ocupa, un entrepiso de gran superficie de 153,60 m2.como tal atribuible a la categoría de abusos mayores para lo cual se espera que el trabajo sea incurable sobre la base de las regulaciones de amnistía estatal.

Amnistía del tercer edificio: ¿entra en este ámbito la ampliación de una unidad residencial con la creación de una entreplanta?

La ampliación de la unidad residencial realizada mediante la creación de un ático intermedio en el interior del edificio no puede acogerse a la amnistía de tercera edificación en zona restringida, ya que es aplicable exclusivamente a las intervenciones menores indicadas en los números 4, 5 y 6 del anexo 1 del Decreto Legislativo 269/2003 (restauración, rehabilitación conservadora y mantenimiento extraordinario) y sujeto al dictamen favorable de la autoridad responsable de proteger el vínculo.

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