Hipotecas Euribor 2005-2008: ¿son nulas?

Hipotecas Euribor 2005-2008: ¿son nulas?
Hipotecas Euribor 2005-2008: ¿son nulas?

La manipulación del Euribor y las consecuencias sobre la hipoteca.

La sentencia del Tribunal de Casación n. 34889/2023. El Tribunal – después de que la Comisión Europea comprobara la manipulación del tipo Euribor por parte de algunos bancos – declaró nulas las hipotecas cuyos intereses estaban vinculados a las fluctuaciones del Euribor. Se trata de hipotecas suscritas en un rango temporal concreto: entre 2005 y 2008. A partir de entonces surge la duda de si Las hipotecas Euribor 2005-2008 quedan nulas de pleno derecho y si puede obtener reembolsos.

La cuestión ha vuelto a cobrar actualidad dado que el propio Tribunal de Casación, con sentencia núm. 12007/2024, volvió a pronunciarse sobre el tema. Tratemos de entender qué deben hacer quienes se encuentran en manos de un contrato hipotecario de este tipo o ya lo han liquidado (por lo que pueden querer emprender acciones contra la entidad de crédito para el reembolso de al menos el interés).

La nulidad de las hipotecas de euríbor y la sentencia del Tribunal Supremo

El 4 de diciembre de 2013, la Comisión de la UE constató que, entre algunos bancos europeos, había existido un cártel destinado a manipular el tipo Euribor. No se trata de un acuerdo consagrado en un documento escrito, sino de un comportamiento de facto que, aunque apuntaba a falsear la competencia, constituía no obstante un acuerdo prohibido por la ley. Esto había provocado un aumento del precio de todas aquellas hipotecas cuyo interés estaba ligado a las fluctuaciones del Euribor.

La investigación de la Comisión de la UE tuvo lugar entre 2011 y 2013, pero el cártel bancario fue detectado entre el 29 de septiembre de 2005 y el 30 de mayo de 2008.

¿Qué bancos manipularon el Euribor?

La investigación se centró en particular en cuatro bancos:

  • Banco Barclays;
  • Banco alemán;
  • Sociedad General;
  • Banco Real de Escocia.

Sin embargo, todos los demás bancos que firmaron contratos de hipotecas Euribor con sus clientes en el periodo que acabamos de indicar se beneficiaron de este acuerdo.

El cártel, creado con el objetivo de obtener ventajas ilícitas en las operaciones comerciales o de presentar una situación financiera de los bancos mejor que la real, acabó influyendo también en el coste real del crédito en detrimento de los ahorradores de toda Europa.

¿Es nula la hipoteca del Euribor?

Con sentencia no. 34889/2023, la Corte Suprema declaró nulo no el contrato en sí sino la cláusula de intereses. Lo que significa que el prestatario sigue obligado a pagar el principal, pero no los intereses. En esencia, la financiación pasa a ser “gratuita”, con la consiguiente derecho a reembolso de lo ya pagado anteriormente en concepto de intereses.

Vale la pena informar a continuación.

palabras específicas de la oración en cuestión:

«Dada la nulidad del acuerdo de manipulación del tipo Euribor constatado por la Comisión Europea mediante Decisión de 4 de diciembre de 2013, los contratos “downstream” que hacen referencia al tipo manipulado deben considerarse nulos y sin valor, lo que convierte la citada decisión en la prueba principal de una acuerdo ilícito, en el que es irrelevante que la institución bancaria contratante no haya participado».

Precisamente sobre esta base, la Corte Suprema estableció la Nulidad del tipo de interés aplicado a las hipotecas basadas en el Euribor manipulado, imponiendo un nuevo cálculo de tarifas. El importe del reembolso correspondería a la diferencia entre el tipo aplicado y un tipo de sustitución, determinado según el artículo 117 del Texto Refundido de la Ley Bancaria, y el tipo BOT correspondiente al período en cuestión.

La nueva sentencia del Tribunal Supremo sobre las hipotecas al euríbor

Como decíamos al principio, el Tribunal de Casación se ha pronunciado una vez más sobre la validez del “cláusula euríbor”con sentencia no. 12007/2024.

La sentencia difiere de la anterior de 2023. Para – escribe el Tribunal – poder considerar que en un contrato (“downstream” del acuerdo), se “aplica” un acuerdo ilícito restrictivo de la competencia existente “upstream” realizado, es necesario que una de las partes contratantes (es decir, el banco) tiene conocimiento de la existencia de dicho acuerdo y tiene intención de hacer uso del resultado del mismo.

Por tanto, si el prestatario pretende que se declare nulo el interés Euribor, deberá demostrar ante el tribunal que el banco prestamista, en el momento de la celebración del contrato, estaba directamente participante en ese acuerdo o al menos, consciente de la existencia de un acuerdo entre otros bancos para alterar el valor del Euribor o de una práctica efectiva de no negociación en este sentido y ha pretendido hacer uso de los resultados del mismo. Una prueba especialmente difícil, si no casi imposible, dado que, como se ha dicho, el cártel no estaba consagrado en un acuerdo escrito sino que se trataba de un comportamiento “tácito” que algunos bancos adoptaron voluntariamente para obtener mayores beneficios.

Si es cierto que entre 2005 y 2008 algunos bancos europeos siguieron una práctica ilegal de manipular el valor del tipo Euribor – prosigue el Tribunal – de manera que esto repercute en el contrato individual en términos de nulidad absoluta, es necesario demostrar que el banco al menos tenía conocimiento de la modificación del parámetro y de sus efectos y tiene intención de utilizarlo.

De lo contrario, sólo se puede configurar nulidad parcial. En este caso será necesario evaluar caso por caso:

  • si las prácticas de manipulación no se quedaron en el nivel de un mero intento;
  • si esta alteración tuvo repercusiones, en qué momento y en qué medida;
  • ¿Cuáles son las consecuencias de la posible nulidad parcial de las cláusulas pertinentes sobre la estructura general de la negociación y sobre la posibilidad de sustitución automática -y en qué términos- por disposiciones mínimas de la ley?

En definitiva, un camino cuesta arriba para los clientes bancarios, pero todavía no imposible, también porque la sentencia en cuestión no salva de la nulidad la cláusula Euribor sino que simplemente impone una carga adicional de la prueba al ciudadano, dejando luego al juez final la apreciación de el impacto del cártel en el contrato específico que se le ha señalado.

Perspectivas

Hipotecas a tipo Euribor: ¿es posible obtener el reembolso?

Soporte laleggepertutti.it

No des por sentado nuestra existencia. Si puedes acceder a esta información de forma gratuita es porque hay hombres, no máquinas, que trabajan para ti cada día. Sin embargo, las crisis recientes han socavado la publicación en línea. Nosotros también, con grandes sacrificios, llevamos adelante este proyecto para garantizar una información jurídica independiente y transparente para todos. Les pedimos apoyo, una pequeña donación que nos permita seguir adelante y no cerrar como ya lo están haciendo muchos sitios. Si mañana nos encuentras online será también gracias a ti. Hazte partidario haz clic aquí

PREV Combustible: los precios caen
NEXT Unicredit eleva sus objetivos y iza velas en bolsa