Plan de Transición 5.0: guía completa de beneficios

Plan de Transición 5.0: guía completa de beneficios
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Con luz verde a la ley de conversión de decreto PNRR n. 19/2024que llegó el 23 de abril, los nuevos se hacen oficiales créditos fiscales para empresas previsto por Plan de Transición 5.0

El artículo 38 del decreto PNRR.

Los recursos destinados a la transición verde y digital de las empresas ascienden a 6.300 millones, facilitados por el plan Transición 5.0 que también pretende fomentar el ahorro energético.

El crédito fiscal será igual a 35 por ciento hasta el umbral de 2,5 millones de inversiones pero, en caso de una reducción significativa del consumo de energía, podría aumentar hasta 40 o 45 por ciento.

Estas son algunas de las medidas específicas que el DL PNRR dedicado a las empresas, en relación con las inversiones realizadas en 2024 y 2025 en el marco de proyectos de innovación y, en particular, para los activos tangibles e intangibles ya incluidos en el Plan de Transición 4.0, con las novedades relativas a las exigencias del el ahorro de energía.

Además, la Transición 5.0 incluirá inversiones destinadas a promoverautoproducción de energía a partir de fuentes renovables y aquellos apoyados por el formación de los empleados.

Los lectores interesados ​​pueden inscribirse gratuitamente al webinar organizado por TeamSystem e Información Fiscal específicamente sobre el tema del Plan de Transición 5.0: juntos analizaremos las principales características del plan, los beneficiarios, los montos que se pueden obtener como beneficio y las últimas novedades ( y numerosas) innovaciones regulatorias en materia

Transición 5.0, créditos fiscales para empresas: los beneficiarios, las inversiones elegibles y las novedades del Decreto Legislativo del PNRR

El decreto PNRR n. 19/2024 asignar 6,3 mil millones de eurosque se suman a los 6.400 millones ya previstos por la Ley de Presupuesto 2024, para un total de aproximadamente 13.000 millones en el bienio 2024-2025 a favor de transición digital e verde de empresas italianas.

Los beneficiarios serán por tanto:

  • el empresas residentes en Italia;
  • el organizaciones estables en Italia de sujetos no residentes que en 2024-2025 implementen nuevas inversiones en estructuras productivas en Italia, con proyectos de innovación que reduzcan el consumo de energía.

Inversiones elegibles

Se reconocerán créditos fiscales por los gastos incurridos en relación con los nuevos activos tangibles e intangibles a que se refiere el anexos A y B anejos a la ley de 11 de diciembre de 2016, n. 232así como de los bienes necesarios paraautoproducción de energía a partir de fuentes renovables y gastos de formación de empleados destinados a adquirir o consolidar competencias en tecnologías para la transición digital y energética de los procesos productivos.

Sin perjuicio de la exigencia de interconexión con el sistema de gestión de la producción de la empresa, y en cumplimiento del objetivo ulterior de Reducción del consumo de energía de la estructura productiva de al menos un 3 por ciento. (5 por ciento exclusivamente para los procesos afectados por la inversión), el crédito fiscal adeudado será igual al que se muestra en el siguiente cuadro:

Porcentaje de crédito fiscal Tasa de inversión concesional
35 por ciento del costo hasta 2,5 millones de euros
15 por ciento del costo entre 2,5 y 10 millones
5 por ciento del costo entre 10 y 50 millones

Las tasas ordinarias del crédito fiscal Transición 5.0 se complementan con las porcentajes aumentados en caso de ahorro de energía superior hasta el umbral del 3 o 5 por ciento.

En particular, se ha incrementado la bonificación concedida a las empresas:

  • hacia 40 por ciento, 20 por ciento y 10 por cientocuando se trate de una reducción del consumo energético de la estructura productiva ubicada en el territorio nacional superior al 6 por ciento o, en su defecto, de una reducción del consumo energético de los procesos afectados por la inversión superior al 10 por ciento;
  • hacia 45 por ciento, 25 por ciento y 15 por cientocuando se trate de una reducción del consumo energético de la estructura productiva ubicada en el territorio nacional superior al 10 por ciento o, alternativamente, de una reducción del consumo energético de los procesos afectados por la inversión superior al 15 por ciento.
Decreto Plan de Transición 5.0: texto oficial en pdf
Decreto Ley número 19 de 2 de marzo de 2024 convertido en ley

Requisito objetivo de ahorro energético necesario

Por lo tanto, en el centro del plan de Transición 5.0 se encuentra la el ahorro de energíaque según lo dispuesto en el proyecto de decreto actualmente en circulación deberá ser certificado por evaluadores independientesllamado a certificar:

  • ex ante, la reducción del consumo de energía que se puede lograr mediante inversiones;
  • ex post, la realización efectiva de las inversiones de acuerdo con las disposiciones de la certificación ex ante y la interconexión exitosa de los activos al sistema de gestión de la producción de la empresa o a la red de suministro.

Para las pequeñas y medianas empresas, el gastos incurridos para la certificación necesaria para beneficiarse del crédito fiscal podrá calcularse en aumento del crédito fiscal por un importe no superior a 10.000 eurosrespetando los límites generales.

Transición 5.0, certificación obligatoria para el uso del crédito fiscal

Entre los detalles que emergen en relación al uso del alivio, el decreto del PNRR establece que el acceso a los créditos fiscales Transición 5.0 estará sujeto a la emisión de un documento específico certificación del responsable de la auditoría legal de las cuentas.

La certificación deberá comprobar el sostenimiento real de los gastos documentados en las facturas y su correspondencia con la documentación contable elaborada por la empresa.

Para las empresas no obligadas por ley a realizar una auditoría legal de cuentas, la certificación es emitida por un revisor fiscal o por una sociedad de auditoría legal, inscrita en la sección A del registro específico y el costo incurrido para su cumplimiento se reconocerá con incremento en el crédito fiscal por un importe no superior a 5.000 euros.

La aprobación del decreto del PNRR es en todo caso solo el primer paso para iniciar el plan Transición 5.0para lo cual se espera la emisión de diversos decretos reglamentarios por parte del MIMIT y el MEF, incluido el relativo a la transmisión de comunicaciones y certificaciones para el acceso al crédito fiscal y los criterios para determinar los ahorros energéticos alcanzados.

Precisamente el retraso en la conversión de la ley ha llevado a los órganos ministeriales a no poder publicar todavía las disposiciones de aplicación; un aspecto que preocupa mucho a las empresas, sobre todo teniendo en cuenta que las inversiones se realizarán entre 2024 y 2025.

Los créditos fiscales de Transición 4.0 y 5.0 no se pueden acumular

El nuevo crédito fiscal para inversiones empresariales no se puede acumular, por los mismos costes, con el bono Transición 4.0 ya en vigor.

También podrá combinarse con el crédito fiscal por inversiones en la ZEE única, mientras que por el contrario será posible sumar la desgravación reconocida con otros incentivos reconocidos por los mismos costos, siempre que las sumas totales adeudadas no excedan el costo incurrido.

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