Fraude en la venta de neumáticos entre Nisseno y la República Checa, ocho condenas – BlogSicilia

Fraude en la venta de neumáticos entre Nisseno y la República Checa, ocho condenas – BlogSicilia
Fraude en la venta de neumáticos entre Nisseno y la República Checa, ocho condenas – BlogSicilia

El proceso, celebrado ante el Tribunal de Caltanissetta en composición colegiada, relativo al fraude fiscal cometido – en el marco del mercado de compra, venta y distribución de neumáticos – concluyó con una sentencia de aplicación de la pena a petición de las partes por todos los acusados ​​por la asociación criminal, con ramificaciones en el territorio nacional y en el extranjero (República Checa), creada por los acusados ​​y que tiene como objetivo principal el de favorecer fiscalmente a la empresa “Olpneus Srl” de San Cataldo.

las investigaciones

La actividad de investigación, concluida en 2022, coordinada por la Fiscalía de Caltanissetta y realizada por el Grupo de Policía Financiera de Caltanissetta y la NORM de los Carabinieri de Caltanissetta, permitió revelar cómo la organización criminal, establecida permanentemente entre los acusados, también tuvo ramificaciones en el territorio de la República Checa, donde se crearon entidades jurídicas ficticias, necesarias para la ejecución de los fraudes perpetrados por los sospechosos.

El esquema fraudulento utilizado ha adquirido las características típicas del “fraude carrusel”, en el que, con diferentes roles y posiciones, los distintos operadores comerciales implicados obtienen, por diversos motivos, un ahorro fiscal indebido. En particular, la asociación simuló una serie consecutiva de ventas de productos que en realidad nunca habían salido de los almacenes de la empresa.
primera empresa vendedora, en la que participaron empresas checas y empresas italianas “interpuestas”, que más tarde se revelaron como simples “fábricas de papel”. Al hacerlo, acogiéndose al régimen denominado de “suspensión fiscal”, la primera empresa vendedora obtuvo deducciones fiscales, tanto del IVA como del IRES, que no le correspondían.

Volúmenes de negocio y fraude

El crédito del IVA, en efecto, tuvo su origen en una serie de operaciones inexistentes, certificadas mediante facturas falsas, consistentes en la compra y venta de productos, de hecho, nunca movidos, cuyo volumen de negocio se cuantificaba en aproximadamente 8 millones de euros, con los correspondientes impuestos evadidos por valor de 2,5 millones de euros, ya sujetos – como medida cautelar – a embargo preventivo específico, también por equivalentes.

Los delitos, diversamente imputados a los imputados y objeto de la sentencia que aplica la pena a petición de las partes, son los de asociación delictuosa encaminada a emitir y utilizar facturas para operaciones inexistentes y a emitir y utilizar facturas para operaciones inexistentes. . En relación con los delitos antes mencionados, se aplicó una pena de 1 año, 10 meses y 10 días de prisión a Orlando Lirio, representante legal de “Olpneus Srl”, y a Oto Santuori, mientras que a Oto Santuori se le impuso una pena de 1 año, 9 meses y 16 días. A Ragazzo Luigi se le aplicaron días de prisión, Rasola Alessandro Stefano fue condenado a 8 meses de prisión, Santuori Emanuele, Raccioppi Maria Pia, Menafro Vincenzo, Menafro Roberto y Ballarino Carlo fueron condenados a 5 meses y 10 días de prisión.

Las sanciones – de 40.000 euros y una prohibición temporal de hacer publicidad de bienes o servicios durante 4 meses y 10 días – también se aplicaron a la empresa “Olpneus Srl”, en relación con el caso mencionado en los artículos. 5, 25-quinquiesdecies, apartado 1, letra. a), Decreto Legislativo núm. 231/2001, sobre la responsabilidad administrativa de las entidades. Uno de los acusados ​​(Kanya Andriy) ya había sido condenado por sentencia del juez de instrucción de Caltanissetta en el juicio sumario.

Ya se había aplicado una pena de 8 al representante legal de “Olpneus Srl”, Orlando Lirio, y al principal asesor fiscal de la misma empresa, Di Maggio Marcello Maria, en el marco de un procedimiento paralelo – nacido de la misma investigación – respectivamente, meses y 10 días de prisión, contra el primer hombre, y 7 meses de prisión, en relación con el delito de “falsas comunicaciones corporativas” previsto en el art. 2621 cc Paralelamente a los resultados procesales, desde una perspectiva administrativo-fiscal, la empresa responsable, atendiendo a las objeciones planteadas por la Guardia di Finanza durante la evaluación y, posteriormente, por la Agencia Tributaria en la fase de evaluación, procedió a pagar a favor del Tesoro la totalidad de la cantidad evadida, incluidos intereses y sanciones, cuantificada en aproximadamente 2,5 millones de euros.

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