¿Sueñas con vivir en la Toscana? 30 mil euros para comprar una casa, si te mudas a un pequeño pueblo de montaña

¿Sueñas con vivir en la Toscana? 30 mil euros para comprar una casa, si te mudas a un pequeño pueblo de montaña
¿Sueñas con vivir en la Toscana? 30 mil euros para comprar una casa, si te mudas a un pequeño pueblo de montaña

Vivir en la Toscana, en un pequeño pueblo de montaña, rodeado de paisajes impresionantes y respirando aire puro, es un deseo compartido por muchos. Especialmente después de una pandemia. Y también por el excesivo calor de las temporadas estivales, que ha llevado a muchas personas a elegir las vacaciones en la montaña antes que junto al mar. Bueno, pero ¿y si en lugar de ir de vacaciones decidieras vivir en la montaña? Ahora es posible, es decir, siempre ha sido posible, pero la Región de Toscana concede una contribución de 30.000 euros para comprar una casa, si te mudas a un pequeño municipio de montaña toscano, es decir, con menos de 5.000 habitantes.

Nueva residencia en las montañas.

Este es el beneficio de la convocatoria denominada “Residencialidad en la montaña 2024” publicada recientemente y destinada a fomentar e incentivar la repoblación y la revitalización socioeconómica de las zonas montañosas toscanas. La convocatoria cuenta con una dotación de 2 millones 800 mil euros del Fondo Italiano de Desarrollo de las Montañas (Fosmit) y está dirigida a todos los ciudadanos, italianos o de otro Estado de la UE o extracomunitarios, titulares de un permiso de residencia con una duración mínima de 10 años, que residan en un municipio italiano no montañoso.

Residencialidad en la montaña 2024 es la nueva convocatoria de la Región de Toscana para fomentar e incentivar la repoblación y la revitalización socioeconómica de las zonas de montaña.

foto unsplash

Los plazos para postular

Para solicitarlo (a presentar electrónicamente aquí) tienes hasta las 13 horas del 27 de julio: la aportación solicitada puede oscilar entre un mínimo de 10 mil y un máximo de 30 mil euros, en cualquier caso, no puede ser superior al 50 % del total. gastos incurridos por los costos asociados con la compra de la propiedad y accesorios relacionados. «Queremos apoyar significativamente la calidad de vida y las condiciones de desarrollo de las zonas en las que queremos seguir dando medidas constantes e incisivas y la prohibición de la vivienda residencial, al fomentar nuevos estilos de vida, da nueva vida a los lugares donde se encuentran nuevas comunidades y, por tanto, desarrollo y crecimiento”, declaró el presidente de Toscana, Eugenio Giani.

«Las montañas toscanas son territorios de una belleza única, con pueblos por redescubrir que, sin embargo, sufren la despoblación», se hace eco Stefania Saccardi, vicepresidenta y consejera de las zonas interiores. «Decidir vivir en uno de estos municipios es, por tanto, un desafío y una oportunidad, especialmente para los jóvenes y el anuncio, al dar una posibilidad concreta a la montaña, ofrece también la oportunidad de una nueva opción de vida».

En detalle, cuidado con la burocracia.

El aviso reitera que la entidad máxima de la aportación no podrá en ningún caso ser superior a 50% del total de los gastos incurridos por los costos asociados con la compra de la propiedad y accesorios relacionados. En resumen, por tanto, para tener la aportación máxima de 30.000 euros es necesario gastar 60.000.

La medida es acumulativo con otras formas de bonificaciones puestas a disposición por la Región o el Estado. Sin embargo, se precisa que las aportaciones acumuladas no podrán en ningún caso ser superiores al coste realmente ocasionado por la intervención. Sólo son subvencionables los gastos de adquisición del inmueble destinado a vivienda y residencia habitual, más sus accesorios, limitándose a los inmuebles de uso residencial. El aviso establece cuáles categorías catastrales están permitidos y cuáles formas de pago y de documentación están aprobados.

Requisitos de elegibilidad

Al presentar la solicitud de participación, el solicitante deberá declarar bajo su propia responsabilidad que posee los siguientes requisitos subjetivos:

  1. ser ciudadano italiano o ciudadano de otro Estado de la Unión Europea o ser ciudadano extracomunitario con un permiso de residencia de al menos diez años de duración, según el artículo 9 del Decreto Legislativo 286/1998;
  2. ser mayor de edad;
  3. ser residente en un municipio italiano no montañoso según los últimos datos oficiales del Istat disponibles en la fecha de adopción del decreto ejecutivo que aprueba la licitación (anexo 2 del decreto 12500 del 6 de junio de 2024).

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