Sidra Consultants, Spoto (MpA): “Trabajadores contratados sin competencia”

“Hemos tenido una confirmación definitiva de que estos 30 ‘consultores’ son trabajadores contratados en ausencia de un procedimiento de insolvencia sobre la base de un ‘fideicomiso personal’ otorgado por el presidente de Sidra spa. De hecho, parece que algunos de ellos están obligados a firmar un informe de conciliación ‘en el sindicato’ de conformidad con el artículo 2113 del código civil para evitar futuros conflictos Y esto es precisamente porque nos damos cuenta de que no se trata de un asesoramiento sino de un verdadero trabajo subordinado. Esta situación, cuya gravedad todavía no parece. siendo bien entendido, me llevó a formular una pregunta con la esperanza de una aclaración definitiva”. Así lo declaró la concejal del MPA, Serena Spoto, quien en base a lo ya declarado en el ayuntamiento, le presentó una pregunta escrita solicitando información “sobre los contratos de consultoría estipulados por Sidra spa para los años 2023 y 2024” y sobre el posible “licitación convocada para la identificación de la empresa de trabajo temporal encargada de seleccionar a los trabajadores/consultores que actualmente desarrollan actividades en Sidra”.

En particular, leemos en la pregunta, “de la lectura de los documentos publicados en la sección ‘trabajos de colaboración o consultoría’ del sitio web de Sidra, se desprende que en el período de octubre a noviembre de 2023 se encomendaron aproximadamente 32 trabajos de consultoría ( a realizar en 2024). Estas cesiones se pueden atribuir esencialmente a dos tipos de encargos estándar: un primer tipo de 12.000 euros al año (1.000,00 euros al mes); euros al mes)”. Además, “la gran mayoría de los servicios de asesoramiento encargados por Sidra parecen referirse a tareas propias de un funcionario o empleado; Muchos de estos contratos de consultoría han sido reiterados (por lo tanto se trata de consultorías que, curiosamente, adquieren un carácter de “estabilidad”) y en muchos casos ni siquiera se adjuntan los CV de los “profesionales”. Durante una sesión del ayuntamiento, Luego, el concejal Giuseppe Marletta “informó que los contratos de consultoría se estipularon tras una selección realizada por una empresa de trabajo temporal, pero no parece que Sidra haya recurrido o no a una empresa de trabajo temporal”, mientras que el mismo Sidra – leemos nuevamente en la pregunta- “es perfectamente consciente del hecho de que se estipulan contratos de trabajo de duración determinada en forma de consultoría, si es cierto que los ‘trabajadores/consultores’ incluso son obligados a firmar un informe de conciliación, no está claro si antes o después de realizar la actividad, teniendo contenido desconocido”.

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