CGIL Siena ayuda a trabajadores y pensionistas

Aumento de la RIA, la CGIL de Siena ayuda a los trabajadores y pensionistas. El Tribunal Constitucional, con sentencia núm. 4 de 11 de enero de 2024, declaró la ilegitimidad constitucional del art. 51, párrafo 3 de la ley núm. 388/2000 que excluía la prórroga hasta el 31 de diciembre de 1993 del plazo para acumular la antigüedad a los efectos de obtener el aumento del RIA – Pago Individual de Antigüedad – para los empleados de determinados sectores: organismos públicos no económicos, ministeriales, universidades, antiguas empresas estatales autónomas.

Sin embargo, para el reconocimiento de estos importes era necesario haber adquirido una experiencia equivalente a cinco años de servicio a partir del 1 de enero de 1990 o dentro del límite de validez contractual (31.12.1990). Posteriormente, el Decreto Legislativo núm. 384 de 1992 amplió los efectos del Decreto Presidencial núm. 44 de 1990 al 31.12.1993.

De ahí la solicitud de reconocimiento del aumento del RIA también para los trabajadores que cumplieran el requisito de antigüedad de 5, 10 o 20 años incluso en el trienio 1991/1993. La ley núm. intervino para limitar los recursos (con una jurisprudencia que se fue consolidando a favor de los trabajadores), así como los aumentos. 388/2000, interpretando la extensión de los efectos del Decreto Presidencial 44/1990 al excluir los beneficios del aumento por antigüedad devengados después de 1990. Precisamente sobre esta regla interpretativa interviene el Tribunal Constitucional con su sentencia de 14 de enero, considerándola ser inconstitucional.

La CGIL de Siena y el patrocinio del INCA, con las categorías de Función Pública, Sindicato Italiano de Pensionistas, Federación Italiana de Trabajadores del Transporte, Sindicato de Trabajadores de la Comunicación y Federación de Trabajadores del Conocimiento, están a disposición de los interesados ​​para una evaluación personalizada de su situación sobre la posibilidad de una posible viéndose reconocido el derecho al incremento de la RIA, en su caso, y a la revalorización simultánea de la pensión y del TFS/TFR.

Por este motivo, la organización sindical invita en particular a los trabajadores y trabajadoras que prestaron servicios en las administraciones estatales en los años 1991, 1992 y 1993, incluso a los ya jubilados, a ponerse en contacto con las oficinas de la CGIL y con las categorías sindicales a las que pertenecen mediante 31 de diciembre de 2024 para una verificación de sus derechos con respecto al aumento de RIA. Todos los datos de contacto están disponibles en https://www.cgilsiena.org/.

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