Punto positivo para el depósito de GNL de Edison en Brindisi

Punto positivo para el depósito de GNL de Edison en Brindisi
Punto positivo para el depósito de GNL de Edison en Brindisi

El proyecto de Edison para la construcción de un depósito de GNL en el puerto de Brindisi ha dado un importante paso de autorización, pero su ejecución sigue siendo dudosa.

Con una larga sentencia, el Tribunal Administrativo Regional del Lacio resolvió a favor del organismo portuario el litigio entre la Autoridad del Sistema Portuario del Mar Adriático Sur y el Consorcio para la Zona de Desarrollo Industrial (ASI). En definitiva, el segundo a principios de año había producido algunos actos destinados a inhibir el inicio de las obras, a pesar de las autorizaciones emitidas por el Ministerio de Medio Ambiente y el Ministerio de Infraestructuras y Transportes.

La atención se centra en el incumplimiento de una norma que prevé una distancia de al menos 30 metros para sistemas similares de la red ferroviaria, en el supuesto de que las vías entren dentro de la concesión portuaria solicitada por Edison y liberada por la ADSP -vías obviamente conectados a aquellos que caen dentro del área ASI y luego continúan en la red RFI – deben considerarse a los efectos de esta norma como parte de una única red sujeta a los mismos requisitos.

El TAR, sin embargo, aceptó el argumento de la Adsp, dictaminando “que los actos adoptados por el Consorcio, en la medida que pretenden conformar y/o inhibir la actividad ejecutiva de la obra autorizada, interfieren con las facultades otorgadas a la AdSP, que Por lo tanto, tiene ciertamente derecho a impugnar dichos actos ante los tribunales. (…) No cabe duda que la Autoridad del Sistema Portuario es la administración encargada de las intervenciones involucradas en la realización de la obra, la cual se ubica en un área administrada por ella y respecto de la cual está investida de las facultades mencionadas. anterior, siendo de otro el propietario de la vía ferroviaria respecto de la cual también surge la disputa relativa a la distancia de los sistemas a construir”.

Además, “los consorcios de fomento industrial tienen competencias, aunque limitadas al perímetro del consorcio, dirigidas fundamentalmente a las infraestructuras de las zonas comprendidas en dicho perímetro y a la prestación de servicios a las empresas, con exclusión de las funciones relativas a la planificación urbana y la construcción”. supervisión. (…) En consecuencia, queda cada vez más excluida cualquier posibilidad de configurar la presencia del Consorcio en el contexto portuario en términos autorizados. Por todo lo expuesto, las medidas impugnadas fueron adoptadas por el Consorcio en absoluta falta de atribución”.

De ahí la cancelación, que desbloquearía la posibilidad de iniciar las obras. Sin embargo, la condicional sigue siendo obligatoria, porque la remodulación de los recursos del Fondo complementario al Pnrr, decidida por el Gobierno hace unos meses, privó al proyecto de una contribución pública de 39 millones de euros. Edison, incluso antes de la sentencia, había dejado claro que aún no había resuelto la reserva sobre la intención de continuar con el proyecto de todos modos, dado que la autorización única obtenida permite el inicio de las obras en diciembre de 2024.

Por tanto, es posible que una decisión requiera una posible reasignación de fondos públicos de aquí a los próximos meses.

SOY

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