Premiership, lo que prevé la reforma aprobada en la Cámara: «Es muy peligrosa»

Premiership, lo que prevé la reforma aprobada en la Cámara: «Es muy peligrosa»
Premiership, lo que prevé la reforma aprobada en la Cámara: «Es muy peligrosa»

Con el primer sí recibido en el Senado, Giorgia Meloni da un paso fundamental en la aprobación definitiva de la ley sobre el cargo de primer ministro. Sin embargo, ahora sólo podría regresar a la Cámara en 2025, dado que hay otras reformas que votar. Incluyendo también la reforma de la carrera de los magistrados. Y mientras la Cámara también avanza hacia la aprobación de una autonomía diferenciada, 180 constitucionalistas firman un llamamiento para sumarse a la senadora vitalicia Liliana Segre, que se opone a la reforma: «La creación de un sistema híbrido, ni parlamentario ni presidencial, nunca se experimentó en otras democracias, introduciría contradicciones irremediables en nuestra Constitución. Incluso una minoría limitada podría tomar el control de todas nuestras instituciones mediante un premio, sin más contrapesos ni controles”. Pero ¿qué prevé el nuevo proyecto de ley?

Cómo funciona el cargo de primer ministro

El cargo de primer ministro implica, en primer lugar, la elección directa del Primer Ministro. Su elección se producirá al mismo tiempo que la de las Cámaras y permanecerá en el cargo por cinco años con un límite de dos mandatos. Los cuales pueden convertirse en tres si en legislaturas anteriores ocupó el cargo por un periodo inferior a siete años y medio. La reforma también incluye el poder de destituir a los ministros, que siempre corresponde al primer ministro. También fue derogada la facultad de nombrar senadores vitalicios, actualmente prerrogativa del Quirinal. Pero conserva el cargo de ex presidentes de la República. La reforma también prevé tres casos diferentes de solución en caso de crisis de gobierno. En caso de revocación de la confianza al Primer Ministro, el Quirinal disuelve las Cámaras y se devuelve la votación. En caso de dimisión del Primer Ministro, podrá proponer al Presidente de la República la disolución de las Cámaras en el plazo de siete días.

¿Qué predice?

Por último, el Primer Ministro, por decisión propia, sólo puede ser sustituido una vez en la legislatura por un parlamentario de mayoría. Para evitar gobiernos técnicos y reveses. El Jefe del Estado puede disolver las Cámaras incluso durante el semestre en blanco, es decir, el período previo a la elección de un nuevo Presidente de la República. Luego se aumenta el quórum en las seis primeras votaciones para la elección del Presidente de la República: se necesitan dos tercios, como en las tres primeras. Finalmente, se suprime la firma del gobierno en una serie de documentos del Quirinal. Entre ellos se incluyen el nombramiento del Primer Ministro, de los jueces del Tribunal Constitucional, la concesión de indultos y la conmutación de penas, el decreto de convocatoria de elecciones y referendos, mensajes al Parlamento y la remisión de leyes a las Cámaras.

Críticas a la reforma

Entre las críticas a la reforma hoy Antonio Polito sobre Corriere della Sera Explica que hay uno crucial: el cargo de primer ministro establece la elección directa del Primer Ministro, pero no dice cómo sucederá. Hasta tal punto que existe una norma transitoria que prevé la entrada en vigor sólo después de que se haya aprobado la ley electoral. Sin embargo, razona Polito, para garantizar que el primer ministro tenga una mayoría en ambas cámaras sería necesario establecer los métodos en la Constitución. Por ejemplo, la segunda vuelta, aunque primero debería definirse el umbral mínimo de votos para la representación. Además, con la presidencia del gobierno, la autonomía y la reforma de las carreras de los magistrados, existe el riesgo de que se produzcan tres referendos constitucionales en una sola legislatura. Con riesgo real de fracaso para los tres.

El constitucionalista

Ugo De Siervo, presidente emérito del Tribunal Constitucional, entra hoy en más detalles en una entrevista con La impresión. Y habla de una reforma muy peligrosa: «En el texto constitucional que está siendo examinado por el Senado, se hace una elección muy peligrosa, es decir, la contextualidad de la elección del jefe de Gobierno con la selección de diputados y senadores. Aquí, unificar estas dos selecciones diferentes en un solo momento significa un sistema institucional en el que sólo hay una mayoría, que expresa al jefe de gobierno más sus parlamentarios, y una minoría. Los ciudadanos pueden ejercer su poder de crítica y cambio sólo una vez cada 5 años. Ahora bien, esto contrasta con las reglas de todas las democracias contemporáneas”.

El balance

Según De Siervo, en efecto, «todas las democracias contemporáneas pueden disponer de mecanismos más o menos fuertes para identificar al jefe del poder ejecutivo, pero siempre y necesariamente han mantenido un equilibrio muy fuerte entre esta elección y la elección de los parlamentarios. Para aclarar: en Francia, Macron no tiene necesariamente una mayoría en el Parlamento. Lo mismo ocurre en Estados Unidos con Biden. Nadie, en sistemas presidenciales o semipresidenciales, tiene lo que se garantizaría al Primer Ministro con esta hipotética reforma, es decir, la homogeneidad entre el Ejecutivo y el Parlamento”.

La separación entre ambos poderes «desaparecería porque no sólo habría votaciones el mismo día, sino porque está claro que los candidatos al frente del Gobierno también conformarían las listas electorales. Tendríamos así un gobierno que nació con una mayoría garantizada a priori en la Cámara y el Senado. Esto no está bien. Es una elección muy peligrosa. De hecho, no existe ningún sistema como éste en ninguna democracia. Y es algo muy significativo: significa que los demás países, basándose en reflexiones y relatos variados, han excluido que el Parlamento pueda ser necesariamente homogéneo con el gobierno”.

el presidente de la república

El otro punto fundamental según el constitucionalista es el vaciamiento de los poderes del Quirinal, es decir «la formación del gobierno y la posible disolución anticipada de las Cámaras». Quedan en el papel, pero en la práctica la nueva hipotética Carta Constitucional decide cómo y cuándo lo que el Presidente de la República decide libre y responsablemente en cada momento.”

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