Un Alto Tribunal para juzgar a los magistrados: lo que puede cambiar para la Justicia

Un Alto Tribunal para juzgar a los magistrados: lo que puede cambiar para la Justicia
Un Alto Tribunal para juzgar a los magistrados: lo que puede cambiar para la Justicia

Ahora está a punto de adquirir cada vez más sustancia. reforma integral de la justicia que verá una enmienda a la Constitución. Como él mismo ha anunciado varias veces en las últimas semanas, Carlo Nordio presentará próximamente un proyecto de ley constitucional sobre la separación de las carreras de los magistrados. El plazo para la desestimación de este proyecto de ley es el vencimiento del elecciones europeas: el Consejo de Ministros específico se convocará, por tanto, antes del próximo 8 de junio.

El reuniones mayoritarias sobre este capítulo se han vuelto más frecuentes y, según se desprende de la reunión de hoy, que tuvo lugar a última hora de la tarde en el Palacio Chigi – en presencia de la Primera Ministra Giorgia Meloni y del Subsecretario Alfredo Mantovano, entre el Ministro Nordio, los Subsecretarios de Via Arenula, los presidentes de las comisiones de la Cámara y del Senado y los funcionarios de justicia de los partidos mayoritarios- también se habría decidido acelerar lo más posible la disposición para laeliminación del abuso de poder.

Cómo funcionaría el Tribunal Superior

Sin embargo, entre las muchas propuestas sobre la revisión amplia de la justicia en la Carta, la hipótesis deestablecimiento de un tribunal superior quien juzga los delitos cometidos por todos los magistrados (tanto los que juzgan como los que procesan) y las disputas sobre nombramientos. Un tema que es retomado por los llamados “Calado de barco” que había sido desarrollado por el entonces diputado Marco Boato (Verdes) durante el Parlamento Bicameral para las reformas de Massimo D’Alema (1997-1998). Según este proyecto, “el Tribunal de Justicia del Poder Judicial“Ella debería haberse encargado del”Medidas disciplinarias hacia los jueces y fiscales ordinarios y administrativos“.

La cancha – todavía se leía en el borrador – es también un órgano de protección judicial de un solo nivel contra las medidas administrativas adoptadas por los Consejos Superiores de la judicatura ordinaria y administrativa.“. El “El tribunal está compuesto por nueve miembroselegidos entre sus miembros por los Consejos Superiores del poder judicial ordinario y administrativo“. En las próximas semanas se entenderá si podría haber algún tipo de variación desde este punto de vista. Sin embargo, lo cierto es que el gobierno de Meloni, a través del trabajo del Guardián de los Sellos Nordio, está verdaderamente en el proceso de realizar cambios significativos relacionados tanto con el funcionamiento de la justicia como contrabajo de todos los magistradoscon sentencias y valoraciones específicas adjuntas.

Las demás disposiciones de la reforma

El Ministro Nordio también ilustró la separación de carreras de magistrados (distintos entre jueces y fiscales y, por tanto, con diferentes competencias de acceso) y el establecimiento de dos CSM. Sin embargo, el debate sobre el tema aún está en curso. método de elección de funcionarios, para establecer si será un sorteo “seco” o “mediado”. En este último caso, para el componente profesional, los magistrados elegibles para el Consejo Superior de la Judicatura que serán sorteados serían luego sometidos a una selección posterior. Sin embargo, quedaría descartada la hipótesis del nombramiento de la mitad de los miembros del CSM por parte del gobierno. También según las evaluaciones sobre el terreno se observa un aumento en el número de miembros laicos de los consejos, de los cuales al menos una cuarta parte son nombrados por el Parlamento.

También hay un debate abierto sobre la presidencia de los dos CSM: prevalece la hipótesis de que el Presidente de la República seguirá siendo presidente de ellos, pero la posibilidad de que la elección recaiga en el primer presidente del Tribunal de Casación y en el fiscal general de la Aún no se puede descartar la presencia de la Corte, respectivamente, para los dos Consejos distintos. Entre los temas aún abiertos estánejercicio de la acción penal y su discreción. El objetivo podría ser reformar el artículo 112 de la Constitución, que actualmente prevé el enjuiciamiento penal obligatorio, introduciendo en su lugar la discrecionalidad.

Y las prioridades de este ejercicio podrían, por ejemplo, establecerse mediante ley.

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