«Lisipo, legitima la desamortización». La estatua debe regresar a Fano.

«Lisipo, legitima la desamortización». La estatua debe regresar a Fano.
«Lisipo, legitima la desamortización». La estatua debe regresar a Fano.

PESARO La última barrera judicial ha caído. Ahora, sobre la base del derecho internacional, se ha allanado el camino para la confiscación del Atleta victorioso de Lisipo ordenada por el juez Gasparini del tribunal de Pesaro y para la devolución a Italia, y en particular a Fano, del original de bronce atribuido a el gran escultor griego, vivió en el siglo IV a.C., conservado en el Museo Getty en la Villa de Malibú. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo rechazó ayer otro y último recurso del J. Paul Getty Trust contra la confiscación de la estatua, en el marco del delito de exportación ilícita, ordenada en junio de 2018 por el tribunal y confirmada hace unos meses. más tarde por el Tribunal Supremo italiano. La sentencia fue expresada por unanimidad por la primera sala (compuesta por 7 jueces) del Tribunal de Estrasburgo, por lo que teóricamente en un plazo de tres meses el Museo Getty podría solicitar la remisión del caso a la Gran Sala.

Fiscal Cecchi: «Es maravilloso»

«La noticia es maravillosa», comenta la fiscal de Pesaro, Silvia Cecchi, que desde hace 17 años libra en Lisippo esta batalla por el derecho y la defensa del patrimonio artístico nacional. La satisfacción es tan grande que, por una vez, el entusiasmo de una broma prevalece sobre el rigor de los códigos y normas: “Ahora consigamos un bonito catamarán y vayamos a buscarlo a California”.

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) deberá desbloquear la comisión rogatoria internacional para la ejecución de la confiscación y restitución de la estatua, encargada por la fiscalía de Pesaro y remitida desde julio de 2019 a través de la embajada italiana al Tribunal Federal Departamento de justicia de los Estados Unidos de América.

Al rechazar el recurso interpuesto por la Fundación Getty por la supuesta violación de la propiedad del bien cultural, el TEDH afirmó por unanimidad la legitimidad de la acción emprendida por la autoridad judicial italiana para recuperar la obra de arte, que fue encontrada en las aguas del Adriático, frente a la costa de Las Marcas, en 1964. Después de dos milenios de olvido, en agosto de ese año, la estatua resurgió del mar en las redes del pesquero “Ferruccio Ferri” y fue desembarcada en Fano, dando lugar a un misterio transnacional. Pagada 3,5 millones de liras antiguas por los empresarios Barbetti de Gubbio a los marineros de Fano, la estatua permaneció escondida hasta 1977, cuando pasó a manos del Museo Getty de Los Ángeles, que la compró por 3,95 millones de dólares (cifra nunca hasta entonces pagado en el mercado del arte) por el marchante alemán Heinz Herzer.

El Tribunal de Estrasburgo, en su sentencia, señala que en el asunto la Fundación Getty se comportó «de manera negligente o no de buena fe al comprar la estatua a pesar de ser consciente de las solicitudes realizadas por el Estado italiano y de los esfuerzos realizados para su recuperación». . Por ello, la medida de decomiso se consideró “proporcional al objetivo de garantizar su restitución” considerando que la protección del patrimonio cultural y artístico de un país también representa una prioridad desde el punto de vista jurídico al que tienden diversas normas internacionales.

El fallo del tribunal es sólido

En particular, la sentencia del juez Giacomo Gasparini resultó sólida: basándose en el testimonio, registrado por los carabinieri en 1977, del capitán Romeo Pirani (fallecido en 2004), había establecido que la estatua había sido pescada en aguas italianas. y, en todo caso, izada a bordo de un barco sujeto a la normativa nacional, señalando que «en 1977 el museo ignoró por culpa que la estatua nunca había sido presentada a la Aduana». Se trata de la tercera sentencia del Tribunal de Pesaro por decomiso, tras el incidente de ejecución promovido por la Fiscalía, impugnando la decisión del juez de instrucción Barberini, que al desestimar la investigación por exportación ilícita del PM Cecchi, resultante de un delito de 2007 denuncia presentada por la asociación “Le Cento Città”, había rechazado la solicitud de confiscación.

Decisiones anteriores

El juez Mussoni ya se había pronunciado a favor de la confiscación de la estatua en 2010 (“dondequiera que esté”) y, tras el recurso del Getty, el juez Di Palma. Un recurso posterior por violación de la ley presentado por la Fundación Getty ante el Tribunal Supremo condujo a la remisión de la cuestión de la publicidad de las audiencias al Tribunal Constitucional y, sobre la base del principio afirmado por este último, a la anulación por parte del Tribunal Constitucional. Tribunal Supremo de la segunda sentencia de ejecución con devolución del caso a Pesaro para un nuevo rito en audiencia pública.

«El destino natural de la estatua es Fano – comentó ayer el Ministro de Cultura, Gennaro Sangiuliano -. Evidentemente, cuando se encuentra algo nuevo o se traen obras a Italia, se organizan exposiciones para darlas a conocer.” Esto recompensó el compromiso de la ciudad de Fano, que participó con cabeza y corazón en la consecución de este resultado.

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Mensajero del Adriático

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