para los demás se requiere una solicitud del alcalde

Sólo 19 delitos. El artículo 7 del nuevo reglamento de la procuraduría municipal sorprendió a muchos. En materia penal el consejo municipal «la decisión sobre la constitución de la Administración en parte civil se toma con resolución expresa del Consejo Municipal». La siguiente es la lista de delitos: malversación, corrupción, extorsión, incitación a la corrupción, inducción indebida a dar o prometer beneficios, estafa agravada, asociación de tipo mafioso, extorsión, desarrollo ilegal formal y material, construcción ilegal en zona sujeta a restricciones. , tráfico de eliminación ilegal de residuos, vertederos ilegales, desastre ambiental.

“Para todos los demás delitos, el Consejo Municipal puede decidir la constitución de una parte civil previa solicitud específica del alcalde o del director del departamento interesado en el delito que se persigue”, precisa el proyecto de reglamento. Y por tanto, si el alcalde no hace una petición, el ayuntamiento no puede decidir.

Una diferencia señalada por la oposición que, en una nota conjunta (Lbc, Pd, M5S, Per Latina 2032), argumentó que “parece querer limitar esta oportunidad imponiendo un paso ultraneo que requiere una solicitud específica del alcalde”. o el gestor por los delitos excluidos de la lista, exponiendo también a la propia alcaldesa”.

Destaca que entre los delitos excluidos se encuentra el de quiebra fraudulenta. «Entre los delitos excluidos está el de quiebra fraudulenta, delito grave en el que se encuentran. No hace falta ir muy lejos para encontrar un ejemplo en este sentido, basta pensar en el asunto Latina Ambiente. El comisario Valente – explica la nota de la oposición – ha designado a la Oficina de los Abogados para que forme parte civil en el proceso penal en curso. Proceso en el que, entre otras cosas, se investiga a colaboradores de la propia alcaldesa.”

El documento está desde hace años en el centro de un duro tira y afloja entre la administración de Piazza del Popolo y sus abogados, sector crucial, central y determinante para todo organismo público en la gestión de casos, litigios, recursos y , directamente, incluso sobre las propias arcas de la institución, ya que, por poner un ejemplo, las deudas pueden surgir de las sentencias. El borrador consta de 15 páginas y un total de 29 artículos. Entre los que más destacan, además del tema de los delitos en los que se puede ser parte civil, hay un capítulo entero de cuatro artículos dedicado a la indemnización, que también está en el centro de los recursos desde hace años, y que especifica salarios, en caso de sentencias favorables (especificando cuáles son), y sobre todo el límite máximo de la propia indemnización. Un artículo detallado, el día 23, está dedicado a las “Relaciones con los medios de comunicación” y precisa cómo «los abogados del Ayuntamiento deben respetar criterios de continencia en las declaraciones y entrevistas a los medios de comunicación sobre los asuntos tratados o asignados, evitando cualquier forma de publicidad personal o actitudes competitivas hacia colegas del mismo servicio o enfatizando el propio desempeño o éxitos”. Otros capítulos se ocupan luego de las relaciones con los abogados externos y con los de otras entidades.

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