El Tribunal de Casación desestimó el recurso del Ayuntamiento de Treviso y, por tanto, la multa, recibida por un automovilista mientras circulaba a 97 kilómetros por hora en un tramo donde la velocidad máxima permitida es 90. Resultado: multa anulada. En realidad, el radar que había detectado la infracción sólo había sido “aprobado” y no “aprobado”.
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Un precedente peligroso
Esta sentencia abre ahora un camino muy peligroso porque constituye un precedente que permitiría a los automovilistas multados en la circunvalación recurrir al juez de paz, con el consiguiente riesgo para el Ayuntamiento de Treviso de ver las multas que han traído a la municipalidad. Las arcas cancelaron sólo en 2023 aproximadamente 8 millones de euros.
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editado por el equipo editorial de National Chronicle
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La cámara de velocidad permanece encendida
El alcalde de la ciudad no oculta su decepción: “Hay cierta preocupación”, afirma mario conte. Sin embargo, la administración dijo en un comunicado que no tiene intención de desactivar la trampa de velocidad de la discordia.
“Habiendo tomado nota del auto del Tribunal Supremo de Casación, sin perjuicio de un mayor estudio en profundidad de los motivos y consecuencias de la citada disposición también con la empresa que suministra la instrumentación – se escribe en la nota – es considerado oportuno mantener operativos los sistemas de detección de velocidad considerando que los plazos para la posible notificación de sanciones pueden expirar tras la emisión de nuevas sentencias jurisprudenciales o de medidas legislativas o reglamentarias deseables”.
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