el ASL se pagará después de 25 años

TRANI – Después de un cuarto de siglo, Barletta tendrá que pagar 346.500 euros, Trani 245.500 euros, Bisceglie 388.000 euros, Molfetta 255.000 euros: en total 1.235.000 euros. Esta es la cantidad que los cuatro municipios tendrán que pagar a la ASL Bari 2 al término de un proceso judicial que dura más de diez años, ya que se trata de un servicio realizado entre 1997 y 1998 y que se articula por primera vez en un ámbito civil. procedimiento iniciado en 1999. Así lo decidió la segunda sección civil del Tribunal de Apelación de Bari estimando el recurso de la empresa sanitaria de la capital contra el consorcio de transporte estable para personas con discapacidad Trada (en el momento de los hechos, Cirap) y los cuatro Municipios.

Todo comenzó con una orden judicial promovida por Cirap en 1999, para el pago de 876 millones de liras antiguas en concepto de indemnización por el transporte de personas discapacitadas desde los municipios de Barletta, Trani, Bisceglie, Molfetta y Giovinazzo, realizado entre 1997 y 1998. como parte de la ejecución de un contrato de tres años. La Autoridad Sanitaria Local de Bari se opuso a esta medida cautelar, cuestionando a los municipios como únicos responsables.

Antes de que se llegara a la sentencia en 2018 (rechazo de todas las solicitudes por falta de pruebas), el Municipio de Giovinazzo había firmado un acuerdo con la Autoridad Sanitaria Local, poniendo fin anticipadamente al asunto en disputa. Sin embargo, los demás organismos no lo hicieron, creyendo que el pago de los gastos de transporte de los estudiantes discapacitados debería ser asumido íntegramente por la autoridad sanitaria local. Sin embargo, su recurso incidental resultó infundado: este tipo de servicio tiene un perfil tanto sanitario como social. Por tanto, a ello contribuye la Autoridad Sanitaria Local, para lo primero, y los Municipios, para lo segundo. Recién en 2003 el legislador definió formalmente los porcentajes de responsabilidad del propio servicio, indicando que el 60% es responsabilidad de los Municipios y el 40% es responsabilidad de las Autoridades Locales de Salud.

Sin embargo, al ser la cuestión anterior a esta sentencia, la Corte de Apelaciones dividió las responsabilidades en partes iguales, recalculando el monto adeudado por las partes. En la sentencia, por tanto, se aclara que los Ayuntamientos deberán reembolsar cada uno a la ASL su parte y que además, solidariamente, también deberán reembolsar las costas judiciales, fijadas en 23.000 euros.

La sentencia, al ser de segundo grado, aún puede ser recurrida ante el Tribunal de Casación, pero a estas alturas, sobre la base de una sentencia que parece bastante clara desde el punto de vista normativo, será poco probable que los Municipios se embarquen en sobre una nueva iniciativa judicial en Roma. Más plausible es que la diplomacia se ponga manos a la obra para firmar, con la propia ASL Bari, transacciones útiles para limitar los daños. Y desde este punto de vista, sobre todo en retrospectiva, la elección del acuerdo hecha por Giovinazzo en tiempos desprevenidos parece ciertamente previsora.

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