No hay adjudicación directa para concesiones de servicios por debajo del umbral

No hay adjudicación directa para concesiones de servicios por debajo del umbral
No hay adjudicación directa para concesiones de servicios por debajo del umbral

La sentencia del TAR de Emilia Romagna número 155/2024 interviene al respecto: la adjudicación directa de concesiones de servicios con importes inferiores al umbral es ilegítima.


Esta sentencia supone un precedente importante para el sector de la contratación pública, encaminado a promover una mayor legalidad y cumplimiento de la normativa europea y nacional en materia de contratación pública.

Analicemos con más detalle los principales puntos que surgieron de la decisión de los jueces administrativos.

Las características de la cesión directa.

yoasignación directa Se trata de un método de adjudicación de contratos públicos en el que el organismo público responsable puede seleccionar directamente un proveedor sin proceder a una licitación pública ni a un procedimiento competitivo. Este tipo de procedimiento sólo se permite en circunstancias específicas y bajo ciertas condiciones establecidas por la legislación vigente, con el fin de simplificar la asignación de contratos de pequeño tamaño económico o en situaciones particulares.

Sus principales características incluyen:

  1. Umbrales de cantidad: Se permite para contratos de cuantía relativamente baja, por debajo de los umbrales establecidos por la legislación nacional o europea para la adjudicación directa. Estos umbrales pueden variar en función del tipo de servicio o del importe del contrato.
  2. Casos específicos: Puede utilizarse en situaciones de emergencia, cuando es necesaria rapidez en la adjudicación del contrato y no es posible lanzar una licitación pública completa.
  3. Motivación: El organismo público deberá justificar adecuadamente la elección de la cesión directa, demostrando que es la opción más conveniente y justificada en cumplimiento de los principios de economía, eficacia y transparencia.
  4. Limitaciones: No puede usarse arbitrariamente o para eludir las reglas de la competencia. Debe respetar criterios de proporcionalidad y ser compatible con la normativa nacional y europea en materia de contratación pública.

Aclaraciones sobre las concesiones de servicios por debajo del umbral

El concesiones de servicios Por debajo de umbrales se entiende la forma de adjudicación de contratos públicos de gestión de servicios públicos o de interés general, que no superan determinados umbrales económicos establecidos por la legislación vigente. Este tipo de procedimiento está regulado a nivel nacional y europeo y tiene como objetivo garantizar la transparencia, la competencia y el uso eficiente de los recursos públicos.

Estas son algunas de las características principales:

  1. Definición: Las concesiones de servicios son contratos por los que una autoridad pública encomienda a un operador económico la gestión de un servicio de interés económico general, como el transporte público, la gestión de instalaciones culturales o deportivas, la recogida de residuos, etc.
  2. Umbrales económicos: A nivel europeo, el umbral de referencia para las concesiones de servicios suele determinarse en función del valor estimado del contrato. Por ejemplo, hasta una determinada cantidad (actualmente unos 750.000 euros para concesiones de servicios según la Directiva europea), las autoridades pueden adjudicar el contrato mediante un procedimiento negociado sin convocatoria de licitación, después de consultar al menos a diez operadores económicos.
  3. Trámites: En el caso de concesiones de servicios por debajo del umbral, la autoridad pública tiene la posibilidad de elegir al contratista mediante diversos procedimientos, como negociación privada o consulta con operadores económicos. Estos procedimientos tienen como objetivo garantizar una selección competitiva y transparente, aunque menos formal que las licitaciones públicas completas.
  4. Principios: A pesar de la mayor flexibilidad en comparación con las concesiones por importes superiores al umbral europeo, las concesiones de servicios por debajo del umbral deben seguir respetando los principios fundamentales de los contratos públicos, como la no discriminación, la igualdad de trato, la transparencia y la proporcionalidad.
  5. Objetivo: El objetivo de este tipo de procedimientos es asegurar el equilibrio entre el interés público en la obtención de servicios de calidad y la eficiencia en el uso de los recursos públicos, fomentando al mismo tiempo la participación de los operadores económicos en el mercado de contratación pública.

No hay adjudicación directa para concesiones de servicios por debajo del umbral

El TAR estableció que la adjudicación directa de la concesión de servicios a una empresa para el restablecimiento de las condiciones de seguridad vial tras accidentes se realizó infringiendo lo dispuesto en el Decreto Legislativo 31 de marzo de 2023 n. 36. Este decreto establece procedimientos específicos para la adjudicación de contratos públicos, en función del monto del contrato. En el caso examinado, el importe de la concesión era inferior al umbral de adjudicación directa, lo que hacía ilegítimo este procedimiento.

Según los jueces, para las concesiones de servicios de importe inferior al umbral europeo, el organismo concedente debería haber utilizado un procedimiento negociado sin licitación, previa consulta a al menos diez operadores económicos. Este procedimiento, a diferencia de la asignación directa, tiene como objetivo garantizar una mayor participación y transparencia en la selección del contratista. Se trata de una vía intermedia entre la adjudicación directa y la licitación pública, adecuada para contratos de menor tamaño.

El Tribunal encontró una superposición entre la concesión de servicios asignada a la empresa involucrada en la disputa y otra concesión previamente confiada a otra empresa, lo que generó preocupaciones sobre el equilibrio económico de los servicios cubiertos por la adjudicación, lo que sugiere una posible violación de las reglas de competencia. de la legislación sobre concesiones de servicios.

Por tanto, se declaró la ilegitimidad de la adjudicación directa de la concesión del servicio toda vez que el órgano concedente debería haber utilizado el procedimiento negociado previsto por laarte. 187 del Código de Adquisiciones garantizar una selección conforme a la legislación vigente, asegurando así la transparencia, la equidad y la participación de los potenciales contratistas.

En conclusión, esta decisión subraya la importancia crucial de respetar las normas de procedimiento específicas para la adjudicación de contratos públicos. El crédito directo solo se permite dentro de ciertos umbrales de montopor debajo del cual es necesario recurrir a otros procedimientos más abiertos y transparentes. Además, el fallo destaca la importancia de evitar superposiciones en las concesiones de servicios, para garantizar un mercado justo y competitivo entre proveedores de servicios públicos.

El texto de la sentencia

Aquí está el documento completo.


Fuente: artículo del equipo editorial de lentepubblica.it


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