Scerni: Riesgo de incendio, se aplican medidas preventivas en Scerni: aquí están las prohibiciones

Scerni: Riesgo de incendio, se aplican medidas preventivas en Scerni: aquí están las prohibiciones
Scerni: Riesgo de incendio, se aplican medidas preventivas en Scerni: aquí están las prohibiciones

SCERNI. Tras la declaración del Presidente del Consejo de Ministros para la campaña de prevención de incendios forestales de verano, del 15 de junio al 15 de octubre de 2024, y la Ordenanza del Presidente del Consejo Regional n. 01/APC de 12 de junio de 2024 con el que fue declarado Estado de máximo peligro por incendios forestales. del 8 de julio al 15 de septiembre de 2024, el alcalde Daniele Carlucci emitió una ordenanza con la cual, para evitar el desarrollo de incendios de interfaz, durante el período de grave peligro de incendio en todas las zonas del Municipio con riesgo de incendio forestal y/o inmediatamente adyacentes a ellas, está estrictamente prohibido:

A los propietarios, arrendatarios y administradores de campos de cultivo de cereales y forrajes, al finalizar las operaciones de cosecha o siega, a:

a) crear rápidamente y al mismo tiempo, a lo largo del perímetro de la zona cultivada, un precinto o banda protectora libre de cualquier vegetación residual, de una anchura continua y constante de al menos 10 metros y, en cualquier caso, que garantice que el incendio no se propague a las zonas aledañas y/o vecinas.

b) Prohibición de quemar rastrojos y residuos vegetales agrícolas y forestales en todo el territorio municipal durante el período de vigencia de la disposición autonómica que define el período de máxima peligrosidad.

A los propietarios, arrendatarios y arrendatarios, a cualquier título, de terrenos baldíos, abandonados o en barbecho en el territorio municipal:

a) la prohibición absoluta de quemar vegetación espontánea.

b) crear bandas protectoras o precedidas de no menos de 10 metros de ancho (a menos que la normativa regional disponga lo contrario) a lo largo de todo el perímetro de su terreno, libre de residuos de vegetación, para evitar que un posible incendio, atravesando el terreno, pueda propagarse a zonas aledañas y/o vecinas.

LAS SANCIONES

El incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones indicadas anteriormente dará lugar a la aplicación de las sanciones ya previstas por la legislación vigente, incluidas las penales, previstas por la normativa estatal en las materias reguladas por la ordenanza. Cualquier otra infracción de las disposiciones de esta Ordenanza, relativa al incumplimiento de la ejecución de intervenciones preventivas, para la cual no esté prevista una sanción específica, se castigará con una sanción administrativa mediante una mínimo de 25 euros hasta un máximo de 500 euros.

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