Trámites más sencillos para los Municipios.

Lanzan acuerdos para proteger el buen comercio en los centros urbanos

Comercio de Liguria – El consejo regional aprobó por mayoría el proyecto de ley que modifica el Texto Refundido de la Ley de Comercio, regulado por la ley autonómica 1/2007.

La disposición prevé medidas para proteger y valorizar los comercios de barrio y los talleres artesanales característicos desde una perspectiva histórico-cultural o comercial de algunas zonas regionales especialmente vulnerables, incluidos los centros históricos. En particular, los cambios introducidos permiten a la Región, con el fin de proteger intereses de particular importancia, indicados en la ley estatal, estipular acuerdos con los Municipios destinados a prever limitaciones en determinadas áreas al establecimiento de determinadas actividades comerciales, proteger y potenciar tipos de comercios de barrio y comercios artesanales.

<Departamentoconsejera regional de Desarrollo Económico y Comercio -.

Con los cambios aprobados en el consejo regional, transponiendo la legislación nacional, damos a los municipios la posibilidad, de acuerdo con la Región de Liguria y las asociaciones comerciales, de delimitar de forma mucho más sencilla y ágil, a través de estos acuerdos, las zonas a salvaguardar y potenciar a nivel comercial en los centros urbanos>>.

Convenios que se suscriben de común acuerdo con las asociaciones gremiales más representativas a nivel regional de los sectores involucrados y, si existen aspectos de su respectiva competencia, con la opinión favorable de las Prefecturas o de la Superintendencia.

Las modificaciones prevén, con los mismos fines, la posibilidad de establecer, con posteriores medidas municipales, registros destinados a potenciar determinados tipos de comercios de barrio y talleres artesanales.

Los infractores están sujetos a una sanción administrativa que puede variar desde el pago de 2.500 hasta 15.000 euros, hasta el cierre inmediato del negocio. Quien viole las disposiciones relativas al decoro de las actividades económicas estará sujeto a una multa administrativa de 500 a 3 mil euros y a la suspensión temporal de la actividad, con cierre inmediato del negocio hasta que se notifique el cumplimiento de las disposiciones.

Dios

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