Siracusa. Prevención de incendios y limpieza de terrenos baldíos, ordenanza emitida: entrada en vigor anticipada en un mes

Siracusa. Prevención de incendios y limpieza de terrenos baldíos, ordenanza emitida: entrada en vigor anticipada en un mes
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AAl adelantar un mes los plazos de ejecución respecto al año pasado, a medida que se acerca la temporada de verano, el alcalde Francesco Italia ha emitió una ordenanza, de aplicación inmediata, sobre prevención de incendios y limpieza de terrenos baldíos.

La disposición, propuesta por el sector de Protección Civil y ampliada aún más respecto a las anteriores en sus previsiones y exigencias, Prohíbe absolutamente el encendido de fuegos de cualquier tipo y la quema de residuos vegetales en el lugar, incluso si proceden de la siega o poda, de material forestal o agrícola. incluso si son producidos por empresas.

Todas las medidas de prevención contenidas en la ordenanza deberán adoptarse antes del 15 de mayo y su ejecución deberá ser comunicada antes del día 22 a la Policía Ambiental a las direcciones: [email protected] y [email protected].

En el período comprendido entre el 15 de mayo y el 31 de octubre, en las proximidades de bosques y espacios protegidos, terrenos agrícolas, junto a carreteras y emplazamientos de autopistas y ferrocarriles, parques y pinares urbanos dentro del territorio municipal, estará prohibido encender fuegos o utilizar llamas desnudas o aparatos eléctricos que produzcan chispas; Además, está prohibido fumar o tirar cigarrillos, realizar cualquier acción que pueda generar llamas abiertas y provocar incendios, realizar actividades pirotécnicas, encender fuegos artificiales, estacionarse en áreas con césped y vegetación seca.

Además, en el mismo período, los propietarios individuales, inquilinos y administradores de tierras rústicas y áreas agrícolas baldías, de áreas verdes urbanas baldías, los propietarios de villas, los administradores de edificios con áreas verdes anexas, los administradores de obras de construcción, estructuras turísticas, artesanales y comerciales con áreas verdes anexas, deberán limpiarlos, eliminando maleza y cortando setos y ramas, retirando desechos y todo lo que pueda ser vehículo de incendio, manteniéndolos en condiciones tales que no aumenten el peligro. Se debe prestar especial atención, para evitar el desencadenamiento de incendios de interfaz, a “las zonas que limitan con las zonas urbanizadas en el perímetro exterior de 200 metros y en el interior de 50 metros”.

Es obligatorio para los propietarios, cerca de vías públicas y privadas, a lo largo de vías férreas y autopistas, así como cerca de edificios o plantas y cerca de terrenos cerrados y límites de propiedades, a mantener la eficacia de las franjas de protección, es decir, crear una franja de protección contra incendios de al menos diez metros de ancho, a lo largo de todo el perímetro del fondo. Esta banda de protección, para propietarios, administradores o gestores de campings, núcleos turísticos, casas rurales, hoteles y establecimientos de alojamiento, centros residenciales se extiende hasta los veinte metros.

La distancia deberá incrementarse razonablemente en relación con casos individuales y particulares para no constituir un peligro evidente para los hogares. A continuación, la Ordenanza dicta una serie de disposiciones relativas a las actividades agrícolas estacionales de siembra, cosecha y trilla. Los propietarios de tierras cultivables deberán garantizar un cortafuegos de no menos de 10 metros en todo el perímetro.

La ordenanza también prescribe mantener libre de vegetación la zona alrededor de los tanques de las plantas de gas licuado de petróleo en un radio de 20 metros y 10 metros alrededor de las granjas. graneros y cobertizos para estiércol; cubrir los tubos de escape de las trilladoras con motor de gasolina con sistemas parachispas; encender fuegos abiertos cerca de la vegetación.

Durante todo el año está prohibido arrojar cerillas, puros o cigarrillos y cualquier otro tipo de material encendido o incandescente desde los vehículos o de cualquier otra forma dejarlos en el suelo; y la obligación, para quien realmente tenga disponibilidad de terreno, de conservarlo en todo momento en buenas condiciones de mantenimiento y decoro, con especial atención a la maleza y a las condiciones higiénicas del lugar.

La ley también contiene las sanciones administrativas que resulten del incumplimiento de las disposiciones establecidas, se graduará en función de la gravedad de la infracción comprobada. La denuncia ante la autoridad judicial está prevista en el artículo 650 del Código Penal.

Las oficinas de Protección Civil invitan a la ciudadanía a colaborar reportando oportunamente el inicio de un incendio a las autoridades competentes y brindando la información necesaria para su identificación; y registrarse y utilizar la aplicación “Anch’io Segnalo”, elaborada por el Departamento regional de Protección Civil, que permite informar de situaciones peligrosas pero que no debe utilizarse para solicitudes urgentes de ayuda, ya que no sustituye a la llamada de emergencia.

26 de abril de 2024 | 03:38
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