Hipotecas 2024: tienes derecho a no pagar a 12 meses, cómo aprovechar el DL del 17/03

Hipotecas 2024: tienes derecho a no pagar a 12 meses, cómo aprovechar el DL del 17/03
Hipotecas 2024: tienes derecho a no pagar a 12 meses, cómo aprovechar el DL del 17/03

Nunca antes las hipotecas habían causado problemas económicos a las familias como este año, y esto se debe al aumento masivo de las tasas. pero hay una solución.

Las familias que han contratado una hipoteca a tipo variable han visto aumentar drásticamente sus cuotas en pocos meses. Lamentablemente no existen protecciones en este sentido, porque cuando firmas el contrato con el banco sabes que la tasa variable puede variar.

Aunque los bancos son hábiles especuladores, que a veces añaden cláusulas abusivas en los contratos, Hay leyes que protegen a los ciudadanos. quienes activaron un préstamo para comprar su primera vivienda.

¿Sabías que existe una ley sobre hipotecas que te hace suspender el pago de las cuotas? Así es como funciona y cómo obtener ayuda

Se llama “fondo de suspensión de hipotecas” y como puede verse por el nombre, es una forma de apoyo para quienes se encuentran temporalmente en dificultades financieras y no pueden cumplir con los pagos de su hipoteca.

Existe una manera de dejar de pagar los pagos de la hipoteca durante 12 meses – Designmag.it

El fondo esta volteado sólo a algunos ciudadanos que cumplir con ciertos requisitospor lo tanto no se aplica a todas las hipotecas sino sólo a aquellas activado para comprar el primera casa.

Para tener acceso al fondo también se deben cumplir algunos requisitos. En primer lugar, los interesados ​​en obtener la suspensión deberán contacta con el banco donde tienes la hipoteca, y el financiamiento debe ser encendido durante al menos 1 año.

El banco se encargará de los trámites junto con Consap, acrónimo de Concessionaria Servizi Assicurativi Pubblici, una SpA italiana de propiedad exclusiva del MEF.

Por lo tanto podemos decir dejar de pagar las cuotas de tu hipoteca durante 12 mesespor lo tanto un año, si ocurriera lo siguiente dificultades económicas:

  • suspensión del trabajo por al menos 30 días hábiles consecutivos, incluso en espera de que se emitan disposiciones que autoricen tratamientos de apoyo a los ingresos;
  • reducción de jornada por un período de al menos 30 días hábiles consecutivos, correspondiente a una reducción de jornada de al menos el 20%, a la espera también de que se emitan disposiciones que autoricen tratamientos de apoyo a los ingresos.

El interesado, además de las condiciones anteriores, también deberá disponer de ISEE no superior a 30 mil eurosy también existen criterios de acceso en cuanto a el importe de la hipoteca, que no deberá exceder de 250 mil euros.

El derecho a solicitar la suspensión de las cuotas lo establece la DL de 17/03/2020 en el que también se prevé “el reembolso de intereses compensatorios por un importe equivalente al 50% de los intereses devengados sobre la deuda residual durante el período de suspensión”.

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