Impuesto sobre sucesiones y donaciones, el Gobierno cambia las reglas. Llega el precompilado

Impuesto sobre sucesiones y donaciones, el Gobierno cambia las reglas. Llega el precompilado
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Novedades a la vista en materia registral, sucesoria y timbres. Un decreto legislativo sobre los impuestos indirectos (con excepción del IVA), que aplica la delegación, figura en el orden del día de la reunión preparatoria de la víspera del Consejo de Ministros del martes 9 de abril, también convocado para dar luz verde al Def. Entre las novedades se encuentra también el lanzamiento de la declaración de sucesión precompilada.

Hacia el precompilado

En un intento de simplificar las obligaciones de los herederos y de los profesionales que les asisten, el decreto aligera el contenido de la declaración sucesoria pero con la limitación de presentarla únicamente en formato electrónico. La posibilidad de enviar el informe por correo certificado o por otro medio que indique la fecha de envío seguirá siendo posible sólo para los residentes en el extranjero.

El decreto tiene como objetivo eliminar las solicitudes de tantos datos. Por ejemplo, se eliminan los extractos catastrales relativos a las propiedades y la certificación de los registros públicos que indiquen los elementos identificativos de los buques y aeronaves.

Las nuevas reglas para la sucesión

En materia de sucesión, el proyecto de decreto, anticipado por Agi, define las reglas de territorialidad de las transferencias derivadas de fideicomisos y otras limitaciones de destino. Si la persona que constituye el fideicomiso es residente del Estado al momento de la separación de bienes, el impuesto se deberá pagar sobre todos los bienes y derechos transferidos a los beneficiarios durante el mismo. Sin embargo, si el fideicomitente no reside en Italia en el momento de la separación de bienes, el impuesto se deberá únicamente sobre los bienes y derechos transferidos al beneficiario presentes en el territorio del Estado.

En el caso de fideicomisos testamentarios, el fideicomitente también podrá pagar el impuesto de forma voluntaria y anticipada, al momento de transferir los bienes o abrir la sucesión. El impuesto será liquidado y pagado directamente por el contribuyente, sin esperar el pago y el envío del aviso de la Agencia Tributaria.

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