Empleado trasladado, aviso a la Provincia de Catanzaro

Empleado trasladado, aviso a la Provincia de Catanzaro
Empleado trasladado, aviso a la Provincia de Catanzaro

Trabaja en la Provincia de Catanzaro desde 2003 y está asignada a su oficina desde 2011, de la que fue trasladada de forma inesperada, repentina y sin motivación. Por este motivo el empleado transferido nombró al abogado. Francesco Pítaro que ha notificado un requerimiento a la Provincia de Catanzaro en su interés.

Leemos en el documento que “que se trata de una medida completamente ilegal y desmotivada ya que en él no se indican las razones técnicas, productivas y organizativas, porque no se desprende del mismo por qué se decidió recurrir a la Oficina de Protocolo y por qué dentro de la Oficina de Protocolo ha decidido elegir al actual trabajador; que, por lo tanto, si por un lado la disposición de traslado ilegal perjudica directa e inmediatamente al empleado, por otra parte, esta disposición injusta también perjudica a la Provincia de Catanzaro porque vacía la Oficina de Protocolo volviéndola inoperante e improductiva; que el traslado en cuestión es, por tanto, manifiestamente injusto y discriminatorio y esto se debe a que la Provincia de Catanzaro ha decidido sin motivación enviar al empleado, y no a otro empleado, a otra oficina de la Provincia sin, precisamente, explicar por qué se optó por justo en el punto; que no puede, por tanto, entenderse, con toda claridad, que se trate de una medida, además de ilegal e ilícita, de carácter puramente punitivo hacia una trabajadora que única y exclusivamente ha ejercido regularmente su actividad laboral; que todo ello, por tanto, genera inevitablemente daños injustos y graves al trabajador tanto en términos de crecimiento profesional como en términos de dignidad humana y laboral, arrojándolo además a una situación de abatimiento y desesperación humano/laboral atribuible única y exclusivamente a la ilegalidad. y acto de traslado repentino, desmotivado y discriminatorio; que el acto de transferencia, que se basa en nada y que fue adoptado sin los elementos mínimos esenciales de hecho y de derecho, además de ser ilegal e ilegítimo y discriminatorio y generar daños injustos al empleado Ferrajuolo, integra hipótesis de delito, incluido el abuso de poder (art. 323 del código penal), la Provincia de Catanzaro y los autores de la disposición lesiva han causado “daño injusto” al empleado inocente.

En conclusión, el abogado Francesco Pitaro invitó y advirtió “La Provincia de Catanzaro, en la persona del Presidente en ejercicio pt, a desear, dentro y a más tardar en el plazo de 5 días a partir de hoy, también a título de autoprotección, retirar y revocar y cancelar la disposición ilegítima e ilícita, nociva y discriminatoria de traslado del solicitante/empleado y reintegro del empleado dentro de la Oficina de Protocolo. Con la advertencia de que, si el plazo asignado ha expirado en vano, se presentará una denuncia ante el Ministerio Público en el Tribunal de Catanzaro también directa y personalmente contra quienes firmaron el acto de transferencia perjudicial e ilícito por el delito de abuso de poder. (art. 323 cp) y por cualquier otro posible delito.

Además, nos reservamos el derecho de actuar ante el Tribunal del Trabajo para obtener la nulidad y no aplicación del acto de cesión nocivo y antijurídico con el ejercicio simultáneo de una acción de indemnización por todos los daños injustos sufridos y sufriendo en el trabajo. y biológico y también con referencia a la conducta obstructiva y opresiva que se está llevando a cabo contra el empleado actual. Nos reservamos el derecho de denunciar todos los hechos ilegales, ilegítimos y discriminatorios también a la Inspección del Trabajo para que ésta pueda evaluar la conducta de la Provincia de Catanzaro y de los autores del acto lesivo ilegítimo y discriminatorio y aplicar las sanciones necesarias y tomar las medidas necesarias. medidas. “

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