“Que decida el Tribunal Constitucional”

Una nueva cuestión de constitucionalidad para el reconocimiento de los hijos en una pareja homoparental, planteada por el tribunal de Lucca. Los hechos se refieren a una pareja homosexual de Versilia, que se vio envuelta en un acalorado debate. El tribunal de Lucca, con el presidente Gerardo Boragine, envió, con orden específica, los documentos al Tribunal Constitucional, para que pueda evaluar la legitimidad constitucional de los artículos 8 y 9 de la ley 40 de 2004, y del artículo 250 de la código Civil. Todo parte de la inscripción por parte del alcalde de Camaiore del segundo hijo de una pareja de mujeres, nacido tras un proceso de procreación médicamente asistida realizado en el extranjero. La Fiscalía de Lucca impugnó el acto de registro, solicitando su anulación y cuestionando al Tribunal de Lucca, que solicitó la intervención del Tribunal Constitucional. Para el Tribunal, el tema “está afectado por importantes vacíos normativos” y en otros casos similares la cuestión “ha sido resuelta de forma diferente en la jurisprudencia, con una orientación mayoritaria en contra y una minoritaria a favor del reconocimiento de la llamada maternidad intencional” .

Recordando también la cuestión similar de legitimidad planteada por el tribunal de Padua en 2019, el colegio de Lucca “considera necesario remitir la cuestión al Tribunal, queriendo llamar la atención sobre la intervención desigual de los alcaldes como funcionarios del estado civil”, que “han adoptado, en el silencio del legislador, distintas soluciones para casos especulares”: “en algunos casos han negado la inscripción registral incluso de la madre de intención en el certificado de nacimiento”, “en otros han considerado legítima la inscripción” .

Por tanto, “resultados no uniformes, que dan cuenta de una evolución del tejido social a la que, en la continua inercia legislativa, no se ha dado una respuesta completa y sin una orientación unívoca, los jueces de Lucca piden al Consejo que examine “la constitucionalidad”. compatibilidad” de la ley donde “atribuye a la madre y al padre el reconocimiento del niño, en la medida en que impiden que se le atribuya la condición de niño al nacido en procreación médicamente asistida”, es decir, si la condición de padre puede aplicarse también a la “madre intencional ‘que, junto con la madre biológica, ha dado su consentimiento a la práctica de la fecundación”. O si, por el contrario, la normativa exige la cancelación del certificado de nacimiento del reconocimiento realizado por la madre intencionada.” “Creo que se trata de un paso muy importante – explica el abogado de la pareja, Vincenzo Miri -. En este momento estamos viviendo un caos total, con municipios vecinos que se comportan de manera diferente a la hora de registrar a los niños. Necesitamos una respuesta clara e inequívoca por parte de del Consejo”.

Jacob Nathan

PREV MERCADO DE TRANSFERENCIAS EN VIVO – Empoli, funcionario de D’Aversa. Bolonia, veto a Calafiori en la Juve. Bianconeri sobre Sancho. Las peticiones del Galatasaray para Zaniolo. Nápoles, dos tiros listos. El mercado del Lacio
NEXT Hoy tormentas y cielos soleados, martes 2 parcialmente nublado, miércoles 3 tormentas y cielos despejados » ILMETEO.it