EMILIA-ROMAGNA: Movilidad, “yo me muevo”, cuidado con las noticias falsas

El Consejo Regional de Emilia-Romaña ha aprobado el calendario para el curso escolar 2024-2025: las clases se reanudarán el lunes 16 de septiembre de 2024 y finalizarán el viernes 6 de junio de 2025. Así lo anunció la institución. La luz verde para el calendario escolar 2024-2025 provino del Consejo Regional y concierne tanto a las clases del primer ciclo de educación (primaria y secundaria) como a las del segundo ciclo del sistema educativo (superior) y de formación ( Es decir, FP). Las clases se suspenderán con motivo de la conmemoración del difunto, el 2 de noviembre de 2024, las vacaciones de Navidad del 24 de diciembre de 2024 al 6 de enero de 2025 y las vacaciones de Semana Santa del 17 al 22 de abril de 2025. El calendario escolar 2024-2025 lo establece el Consejo Regional en cumplimiento de lo establecido en su resolución 353 de 2012, compartido con el Comité de Coordinación Institucional que es la sede de la alianza y colaboración institucional entre la Región, Provincias y Municipios, en materia de políticas de educación, formación y trabajo. La resolución siempre señala el 15 de septiembre como fecha de inicio de clases, salvo que caiga en sábado o domingo como este año: en cuyo caso se pospone al primer día hábil siguiente. La misma resolución, aplicada desde hace 13 años, prevé que cada año escolar finalice el 6 de junio, con la posibilidad – si la fecha cae en sábado o domingo – de adelantar el cierre al día laborable anterior al feriado o posponerlo, si necesario, para garantizar el umbral de 205 días de actividad docente. De hecho, la legislación nacional establece que el año escolar debe incluir al menos 200 días de actividad docente, así como un número significativo de días para el desarrollo de programas docentes y educativos adicionales. En el ámbito de sus competencias, la Región Emilia-Romaña ha fijado el período de intervención didáctica y educativa en cinco días adicionales: el total de días asciende, por tanto, a 205. Las autoridades escolares también podrán dividir los días adicionales en horas, cuantificado en medida a tanto alzado de 30. Sin perjuicio de las fechas de inicio y finalización de las clases, los centros educativos podrán adaptar el calendario en función de las necesidades específicas previstas en su plan de oferta educativa. También se confirma el derecho de las escuelas infantiles (3-6 años) a adelantar la fecha de inicio y aplazar la fecha de finalización de las actividades educativas, en la forma y dentro de los límites establecidos por la resolución de la Región: la elección debe estar en consonancia con el efectos del plan de oferta educativa y las decisiones de los órganos colegiados del centro educativo de que se trate y requiere acuerdo con el municipio al que pertenece.

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