«El hotel debería haber estado cerrado» Aquí están los motivos de las 8 condenas – Pescara

«El hotel debería haber estado cerrado» Aquí están los motivos de las 8 condenas – Pescara
«El hotel debería haber estado cerrado» Aquí están los motivos de las 8 condenas – Pescara

PESCARA. «La identificación (que se hizo necesaria tras la comunicación del mapa histórico de aludes al Ayuntamiento de Farindola) de la zona donde se encontraba el hotel como “zona considerada de riesgo” habría determinado, como consecuencia automática, según las disposiciones de la los lineamientos, en caso de emitirse un boletín meteorológico con previsión de peligro marcado, fuerte, muy fuerte, se activa la fase de alarma, que prevé que el alcalde disponga con su propia ordenanza las limitaciones en las zonas de circulación pública, en las instalaciones y en las pistas esquiables, previa consulta a la comisión municipal de riesgo de aludes…, convirtiéndose necesariamente el hotel, en presencia de un boletín con previsiones de peligro al menos marcado, en un edificio expuesto al peligro inminente de alud”. Es uno de los pasajes importantes de los motivos de la sentencia en segundo grado (más de 500 páginas) presentada por los jueces del Tribunal de Apelación de L’Aquila sobre la avalancha de Rigopiano del 18 de enero de 2017, en la que perdieron la vida 29 personas. Es la parte que se refiere al aislamiento del hotel, que se ha convertido en una trampa mortal.
EL MUNICIPIO DE FARINDOLA Un pasaje con el que los jueces también condenan al técnico municipal Enrico Colangeli a la misma pena (2 años y 8 meses) impuesta por el juez de instrucción de Pescara al alcalde de Farindola, Ilario Lacchetta: «Lo mismo se puede decir también de Colangeli, habiendo sido», escribe el Tribunal, «redactor de la versión original del plan de emergencia municipal, miembro de la comisión de avalanchas del municipio, pero sobre todo designado ab origine y aún acusado por el alcalde Lacchetta de proporcionar actualizaciones del plan de emergencia en relación con la predicción del riesgo de aludes”.
Después de cerrar las escuelas, el alcalde Lacchetta debería haber cerrado también el hotel y “prever el traslado de las personas presentes en él y su colocación en zonas seguras”. Mientras que la actitud de los acusados ​​según el Tribunal fue “completamente inerte, al seguir sin ordenar siquiera la convocatoria de la comisión de avalanchas (inactiva desde 2005, a pesar de la apertura del hotel también en la temporada de invierno de 2007)”.
LAS NUEVAS CONVICCIONES Y al afirmar también la culpabilidad de Colangeli (junto con el alcalde), los jueces subrayan que el acusado «no hizo nada, cooperando así negligentemente con Lacchetta, incluso en los días de la emergencia, continuando con su conducta negligentemente inerte y no presentando así las solicitudes están en marcha hacia el alcalde, para que emita la ordenanza con referencia al hotel, contribuyendo así a determinar para Lacchetta una nueva seguridad culpable sobre la continuación de su actitud inerte”. Además de Colangeli, se recibieron en apelación otras dos condenas (frente a las ya dictadas en primera instancia y confirmadas en L’Aquila, a saber, el gerente Paolo D’Incecco y su oficial Mauro Di Blasio a 3 años y 4 meses cada uno): el del ex prefecto de Pescara francesco provolo (un año y 8 meses) y su jefe de gabinete, Leonardo Bianco (un año y 4 meses). El juicio en primera instancia concluyó con 5 condenas (tres relacionadas con la catástrofe y dos por violaciones urbanísticas de la estructura) y 25 absoluciones: condenas que aumentaron a 8 en apelación.
EL EX PREFECTO La condena se refiere al delito de falsificación que nada tiene que ver, como destacó el Tribunal, con los demás cargos de complicidad en las muertes y lesiones por los que ambos fueron absueltos. La falsificación se refiere a la comunicación al Ministerio sobre la apertura de la sala de operaciones desde el 16 de enero de 2017, mientras que el centro de rescate no se abrió hasta la mañana del 18 de enero, día de la tragedia. «Provolo», escribieron los jueces en la sentencia, «no estableció los órganos estrictamente previstos y regulados para hacer frente a las emergencias y, sin embargo, comunicó, con plena conciencia de su omisión, una representación diferente de la realidad, haciéndolo para parecer a las autoridades que recibieron su nota haber realizado actividades que él no había realizado, con el evidente objetivo de ocultar la insuficiencia del cargo que dirigía”. El Tribunal, disintiendo de la decisión del juez de Pescara que lo absolvió, subraya su responsabilidad por la omisión de documentos oficiales y la falsificación. La reunión del Cov del 16 de enero para los jueces no tuvo nada que ver con el centro de coordinación de salvamento que tiene carácter permanente hasta que finalice la emergencia. El comité de tráfico se ocupa únicamente de la función de tráfico, mientras que el Ccs se compone de 14 funciones.
El juicio en primera instancia concluyó con 5 condenas (tres relacionadas con la catástrofe y dos por violaciones urbanísticas de la estructura) y 25 absoluciones: condenas que aumentaron a 8 en apelación.
Avalancha impredecible Se trata ampliamente la cuestión de la imprevisibilidad del evento de avalancha y la falta de creación del mapa de peligro de avalancha. «No es posible identificar», escriben los jueces, «a quiénes se han imputado los delitos contemplados en los cargos 1 y 2 (desastre y muertes y lesiones personales) ed), comportamiento negligente también desde el punto de vista de la diligencia, y ello porque, teniendo en cuenta sus funciones y habilidades, no se daban las condiciones para inferir una peligrosidad objetiva de la zona, suficientes para exigir la activación de poderes de solicitud”. Y aquí el Tribunal señala con el dedo a Coreneva: «De hecho, hay que recordar que Coreneva era un organismo de apoyo técnico-científico altamente especializado designado por la ley pertinente, y no es sorprendente que estuviera compuesto por expertos en el sector, que bien podrían haber evaluado la necesidad variar los parámetros de ubicación de las áreas que se presentarán al mapa de avalanchas una vez aprobado el mapa histórico. Pues bien, la conciencia deducida de la indudable mayor antropización de la zona tras la publicación de las disposiciones de autorización relativas a la actividad hotelera parece todo menos demostrada por parte de los acusados”.
el Y MISMO Pista falsa en relación con la llamada de auxilio “oculta” del camarero del hotel Gabriele D’Angelo (entre las 29 víctimas), el Tribunal es claro: «Ningún elemento nos lleva a deducir que los datos significativos de la llamada de D’Angelo hubieran sido colocados en la sábana donde parece estar presente el desgarro»; y luego «la voluntad hipotética, predeterminada del acusado por parte de la Fiscalía encaminada a ocultar la llamada de D’Angelo a los investigadores, no concuerda con lo implementado por Pontrandolfo y Verzella, o con su recurso a los carabinieri, informándoles que, en la mañana del día 18 de enero, había habido una llamada de un huésped del hotel Rigopiano”.
LA APELACIÓN Hay otros aspectos de la sentencia que serán examinados por la fiscalía general que deberá evaluar (probablemente con la ayuda de los magistrados de Pescara que han llevado la investigación, como el fiscal Giuseppe Bellellilos sustitutos Anna Benigni Y Andrea Papalia) los elementos más adecuados para un recurso evidente ante el Tribunal de Casación, como seguramente harán las demás partes, en primer lugar las defensas de los condenados.

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