Terni y Bandecchi firman la ‘Ordinanza Movida’: apretando la música y los espectáculos

Terni y Bandecchi firman la ‘Ordinanza Movida’: apretando la música y los espectáculos
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“Garantizar la habitabilidad urbana como interés colectivo, así como la protección del bien primario que representa el derecho a la integridad psicofísica de los ciudadanos, sin perjuicio de los posibles daños derivados de una contaminación acústica excesiva e indiscriminada”, “necesidad objetiva de un adecuado equilibrio entre los utilización de las distintas categorías de usuarios y la protección de los residentes en las zonas urbanas donde se encuentran los locales o negocios”, “hacer operativa la normativa ya vigente en materia de contaminación acústica, así como prever una actividad específica de supervisión por parte de los gestores del comportamiento de clientes”Estos son, en esencia, los motivos de la ordenanza firmada por el alcalde de Terni, Stefano Bandecchi, para regular la vida nocturna en Terni. Pero también el “protección de la habitabilidad urbana y orientación hacia la seguridad”, so pena de “sanciones apropiadas para garantizar su cumplimiento y, es decir, hasta las medidas más enérgicas de suspensión de actividad y revocación de concesiones, cuando se realicen conductas ilegítimas en espacios públicos o espacios y/o reiterados a pesar de medidas sancionatorias previas perpetradas dondequiera”.

Orden de vida nocturna, música y sesiones de DJ.

“En los locales de establecimientos públicos, clubes privados y sus dependencias, el funcionamiento de radios, reproductores de CD, televisores, máquinas de discos, utilizados para transmitir música suave, funcionales únicamente para animar y hacer menos monótona la estancia del público en los locales, es permitido en el siguiente horario: – en el interior, de 9.00 a 13.00 horas y de 17.00 a 24.00 horas; – al aire libre de 17.00 a 00.00 horas, a excepción de los televisores que podrán funcionar hasta el cierre del establecimiento, siempre que no se utilicen con la finalidad de emitir música. 2. La explotación de los dispositivos no sujetos a la autorización específica a que se refiere este artículo deberá realizarse sin la preparación de elementos idóneos para transformar el establecimiento en lugar de espectáculo o espectáculo público, sin pago de entrada ni incremento de precios. de consumo y sin publicidad de la actividad musical, cualquiera que sea la forma en que se realice. Para estos elementos el operador deberá obtener la licencia a que se refieren los artículos. 68 del Texto Refundido de la Ley de Seguridad Pública, aprobado con el Real Decreto 18/06/1931, n. 773 y modificaciones y adiciones posteriores. 3. Los comercios y centros comerciales que reproduzcan música durante el horario de apertura al público deberán mantener en su interior un nivel sonoro no molesto y deberán evitar que la música se escuche en el exterior”- Este es el texto de uno de los artículos contenidos en la ordenanza, que puede consultarse íntegramente aquí.

las sanciones

1. Sin perjuicio de las disposiciones específicas de la ley, quien infrinja lo dispuesto en la presente Ordenanza será sancionado con la sanción administrativa del pago de una suma: – de 50,00 € a 150,00 € para los establecimientos públicos que publiciten, de cualquier forma, los espectáculos musicales. actividades a que se refieren los artículos 1 y 2, no sujetas a autorización; – de 80,00 € a 480,00 € para el resto de infracciones. 2. La autoridad municipal competente podrá proceder a reducir el horario de apertura del recinto o la duración del evento, así como a revocar la concesión para la ocupación de espacios y áreas públicas cuando la infracción se compruebe en dichas áreas de ocupación. 3. Si se comprobare que se ha reincidido, en el plazo de ciento ochenta días, en el incumplimiento de los horarios establecidos en esta Ordenanza, la Administración Municipal ordenará el cierre del establecimiento público el primer fin de semana disponible, de viernes a domingo inclusive, tras la notificación del informe. En caso de comprobarse tres reincidencias en la infracción en un plazo de 180 días, la suspensión será de hasta 15 días.

Las críticas al M5S

La ordenanza sobre la vida nocturna provocó una reacción del M5S que, a través de una nota, critica la decisión del alcalde Bandecchi.

Un alcalde que no vive en Terni, tal vez, tenga dificultades objetivas para comprender que si el centro de la ciudad aún no ha terminado completamente en manos de vagabundos y traficantes de drogas, es también gracias a aquellas actividades comerciales que logran mantener las calles vivo e iluminado. Sin embargo, cada vez que las administraciones municipales se acercan a este sector lo hacen siempre desde una perspectiva coercitiva y sancionadora. El Ayuntamiento de Bandecchi no es una excepción y, a la espera de redactar un nuevo reglamento, desea endurecer las sanciones para aquellas actividades que, además de pagar impuestos entre los más altos de Italia y sufrir rápidos robos en una ciudad en desorden, también deben pagar miedo a tener el lugar cerrado por unos decibelios más de música o por no haber mirado el reloj, superándose en unos minutos las actividades. De hecho, la última ordenanza firmada por el alcalde Bandecchi extiende las sanciones hasta el cierre del restaurante en caso de repetición de la infracción. Las nuevas normas del alcalde-empresario, los mismos horarios de apertura pero multas más elevadas, penalizan paradójicamente a los propios empresarios del ocio nocturno. Ha llegado el momento de que la administración municipal empiece a relacionarse con los responsables del local de forma colaborativa y sirva de herramienta para apoyar las iniciativas de quienes con esfuerzo intentan mantener viva esta ciudad. Quienes todavía tienen el coraje de hacer negocios a pesar de las intervenciones puntuales que persisten en Terni y de la ausencia estructural de políticas orientadas al comercio que no se ve compensada por constantes acontecimientos y flujos turísticos. Por este motivo creemos que la actitud del Ayuntamiento de Bandecchi hacia los empresarios del sector no es respetuosa con aquellos que pagan laboriosamente impuestos muy elevados en ausencia total de servicios. Una actitud que no dudamos en definir como vejatoria y que sólo corre el riesgo de envenenar el clima y el conflicto atávico que se produce entre los residentes y las actividades comerciales. La administración tiene el deber ante todo de mediar entre las diversas necesidades de la ciudad, con espíritu de servicio para evitar un mayor empobrecimiento del tejido económico, de lo contrario los únicos signos que seguirán prosperando serán los de las máquinas expendedoras en calles desoladas. . No queremos pasar rápidamente de la vida nocturna a la mala vida.

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