el caso del municipio de Treviso

el caso del municipio de Treviso
Descriptive text here

Con ordenanza no. 10505 de 2024, el Tribunal de Casación conoció de un caso relativo al Municipio de Treviso, envuelto en una controversia sobre la legitimidad de los radares utilizados para detectar infracciones de velocidad. El Tribunal reafirmó la importancia de la aprobación de los dispositivos como estándar necesario para garantizar la validez de las valoraciones.

Sección del Tribunal de Casación. II Civilización. orden. norte. 10505 del 18-04-2024

La pregunta

El Ayuntamiento de Treviso había interpuesto un recurso de apelación contra una sentencia del juez de paz del tribunal local que había confirmado la oposición de una persona respecto de un informe de investigación de la policía local. El informe se refería a una infracción del límite de velocidad en una carretera de circunvalación. El Tribunal de Treviso desestimó el recurso, confirmando la decisión de primera instancia, ya que el equipo utilizado para la evaluación no había sido previamente homologado conforme a la ley. La Municipalidad interpuso entonces recurso de casación contra esta decisión.

Los motivos de apelación

El Ayuntamiento de Treviso ha interpuesto recurso de casación denunciando la violación del diversas normas del Código de Circulación, incluido el art. 142 y 45, sexto párrafo, así como las disposiciones legislativas y ministeriales pertinentes. El Municipio recurrente impugnó la sentencia impugnada, argumentando que no existe una diferencia sustancial entre la aprobación y la aprobación del equipo utilizado para comprobar las infracciones de velocidad.
En particular, el Municipio argumentó que la ley no proporciona una indicación clara de lo que constituye aprobación, por lo que este concepto debe interpretarse en referencia a otras disposiciones reglamentarias. Por lo tanto, el Municipio consideró que el equipo utilizado para comprobar la infracción de velocidad, aunque no homologado, en cualquier caso ha seguido un proceso de aprobación regular y, por lo tanto, es legítimo a los efectos de determinar la infracción en sí..

Los argumentos del Tribunal

Los jueces de legitimidad consideraron infundado el motivo presentado por el Ayuntamiento de Treviso, declarando infundado el recurso. En primer lugar, el Tribunal sostuvo que la aprobación del dispositivo de cámara de velocidad no puede considerarse equivalente a la aprobación requerida por la ley. Resaltaron que el art. El artículo 142, apartado 6, del Código de Circulación menciona explícitamente la homologación del equipo como requisito fundamental, mientras que el reglamento aclara que la homologación es sólo un primer paso, previo a la homologación propiamente dicha. Por tanto, según los jueces, la aprobación no puede considerarse suficiente para garantizar la validez de la evaluación de las infracciones de velocidad.
Además, el El séptimo párrafo exige que en cada elemento conforme al prototipo homologado o homologado se indique el número y la fecha del decreto ministerial, junto con el nombre del fabricante..

Diferencia entre aprobación y aprobación

Los jueces consideraron válida la distinción hecha por la sentencia impugnada entre los dos procedimientos de aprobación y homologación. Esta distinción se basa en el hecho de que la aprobación permite la producción en masa de un dispositivo probado en el laboratorio, mientras que la aprobación no requiere la comparación del prototipo con requisitos específicos del reglamento. La homologación, por tanto, tiene carácter tanto administrativo como técnico, y tiene como objetivo garantizar el perfecto funcionamiento y precisión del instrumento electrónico utilizado para comprobar las infracciones de velocidad.
Recientemente, la jurisprudencia legítima ha reiterado que, en caso de controversia sobre la validez del dispositivo utilizado para medir la velocidad, el juez debe verificar si se han realizado los controles necesarios.
Esta verificación debe basarse en las certificaciones de aprobación y conformidad del aparato, y no puede demostrarse a través de otros medios como el informe de evaluación. Las circulares ministeriales citadas por el Ayuntamiento recurrente, que parecen sugerir una equivalencia entre aprobación y homologación, no pueden, en opinión de los jueces, subvertir la interpretación de las normas del Código de Circulación.

Conclusiones

En conclusión, el artículo 142, apartado 6, del CdS debe interpretarse junto con el artículo 45, apartado 6, que distingue claramente la aprobación y la aprobación de dispositivos para la comprobación de infracciones. Algunos de estos dispositivos deben estar necesariamente homologados, mientras que para otros es suficiente con la aprobación. Sin embargo, la aprobación por sí sola no es suficiente para que la detección de velocidad mediante radares sea legítima.

Volumen recomendado

Manual práctico de accidentes de tráfico.

Un manual con un carácter práctico y operativo que, a través de la forma y la jurisprudencia más útil, ofrece una herramienta válida a los profesionales que abordan a diario la compleja disciplina de la responsabilidad vial y los procedimientos para garantizar a la víctima la indemnización de los daños y perjuicios.

La parte general, a partir de la detección del accidente y el preestablecimiento de las pruebas, examina la procedimiento extrajudicial y el fase judicial de indemnización por daño material e inmaterial también en lo que respecta a cuestiones relacionadas con la prescripción.

Se dedica especial atención a perfiles de seguroen el protección del tercero transportado y ai vehículos autónomosdestacando las nuevas oportunidades y cuestiones problemáticas que trae el uso de la inteligencia artificial.

La segunda parte propone el análisis de algunos casos, incluido el accidente ocurrido en el extranjero o en el que un vehículo extranjero está involucrado en Italia, las hipótesis de intervención de la FGVS y la implicaciones criminales Y asuntos procesal-penales conectado al tráfico rodado.

Todos fórmulas también están disponibles en línea en formato editable e imprimible.

Mauricio De Giorgi
Abogado autor de ensayos jurídicos y notas de profundidad. Editor de obras colectivas y autor de monografías para las principales editoriales jurídicas.

Leer la descripción

Mauricio De Giorgi2024, Maggioli Editore

52,00€
49,40 €

PREV EnergyTime Spike Devils, en Casoria para asegurar el récord. Los rossoblù sólo necesitan tres puntos para asegurar el liderato
NEXT Ferrarelle está contratando en Campania: el enlace para postularse