¿Cuándo estarán terminados en Italia?

¿Cuándo se pueden considerar cometidos en el territorio del Estado italiano los delitos cometidos parcialmente en el extranjero? Para más información recomendamos el siguiente volumen, que representa una herramienta operativa válida para el profesional: Formulario de juicio penal comentado

Tribunal de Casación – sección VI pluma.- sentencia n. 13063 del 27.03.2024

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1. La cuestión: el lugar de comisión de los crímenes


El Tribunal de Apelación de Venecia ordenó la entrega de un ciudadano albanés a la Autoridad Judicial de la República Federal de Alemania, en ejecución de la orden de detención europea, condicionando la entrega a la condición de que, una vez sometido a juicio, fuera devuelto a Italia para cumplir cualquier condena que le haya impuesto la autoridad judicial alemana.
Dicho esto, la defensa recurrió ante el Tribunal de Casación contra esta decisión, deduciendo, con un solo motivo, violación del art. 18-BIS, párrafo 1, carta a) de la ley núm. 69 de 2005, en consideración de la incompetencia territorial de la Fiscalía General del Estado de Alemania para juzgar los hechos delictivos por los que se emitió la orden de detención europea. Para más información recomendamos el siguiente volumen, que representa una herramienta operativa válida para el profesional: Formulario de juicio penal comentado

Formulario de juicio penal anotado

Este formulario, actualizado al Decreto Legislativo 19 de marzo de 2024, n. 31 (denominado Cartabia correctiva), representa una válida herramienta operativa de asistencia para el penalista, así como para los Jueces de Paz o para los aspirantes a abogados, poniendo a su disposición todos los esquemas de los documentos de defensa contemplados por el penalista. Código de procedimiento, contextualizado con el correspondiente marco normativo de referencia y acompañado de las sentencias más significativas del Tribunal de Casación, así como de las sugerencias más adecuadas para su mejor redacción. La estructura del volumen, dividida en apartados siguiendo esencialmente la estructura. del código procesal penal, permite la rápida identificación de los documentos relacionados con las diferentes fases procesales: Jurisdicción y competencia – Juez – Fiscal – Parte civil – Parte civil – Responsable civil – Persona ofendida – Organismos y asociaciones – Defensor – Los documentos – Las notificaciones – Las pruebas – Medidas medidas cautelares personales – Indemnización por detención injusta – Medidas cautelares reales – Detención y detención in fraganti – Investigaciones de defensa e investigaciones de defensa – Incidente probatorio – Cierre de investigaciones – Audiencia preliminar – Diligencias especiales – Sentencia – Diligencias ante el tribunal monocrático – Recurso de apelación – Recurso de casación – Revisión – Reparación por error judicial – Ejecución – Relaciones jurisdiccionales con autoridades extranjeras Finalmente, se han dedicado apartados específicos a la asistencia jurídica gratuita, a las medidas cautelares contra entidades (Decreto Legislativo). norte. 231 de 2001) y el proceso penal ante el Juzgado de Paz (Decreto Legislativo n° 274 de 2000). La obra va acompañada de un anexo muy útil, que contiene esquemas resumidos y referencias normativas capaces de hacer las actividades del abogado Valerio. de Gioia Consejero del Tribunal de Apelación de Roma. Paolo Emilio De Simone Magistrado del Tribunal de Roma.

Valerio De Gioia, Paolo Emilio De Simone | Maggioli Editore 2024

2. La solución adoptada por el Tribunal Supremo


El citado recurso fue declarado inadmisible conforme a esa orientación nomofiláctica según la cual, de conformidad con el art. 6, segundo párrafo, bacalao. pen., a los efectos de afirmar la competencia respecto de delitos cometidos parcialmente en el extranjero, basta que aunque sea un fragmento de la conducta haya ocurrido en el territorio del Estado, entendido en sentido naturalista, y, por tanto, cualquier acto de el proceso penal, o una parte del hecho que es consecuencia de la acción u omisión, que permite reconectar la parte de la conducta realizada en el extranjero con la realizada en Italia (artículo 4, n. 6376 del 20/01/2017 ; Sección 5, núm. 570 del 11/08/2016) dado que el mismo principio se aplica cuando se trata de verificar la competencia del Estado de emisión a los efectos de aplicar la legislación del art. 18-bis, apartado 1, letra. a), de la Ley 69/2005 que establece, como motivo facultativo para denegar la entrega, la condición de que los delitos considerados hayan sido cometidos fuera del territorio del Estado miembro emisor.

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3 Conclusiones


Sin perjuicio de que, como es sabido, el art. 6, co. 2, bacalao. bolígrafo. establece que el “delito se considera cometido en el territorio del Estado, cuando la acción u omisión que lo constituye, ocurrió allí en todo o en parte, o el hecho que es consecuencia de la acción u omisión ocurrió allí”, con En la decisión en cuestión, el Tribunal de Casación aclara cuándo es aplicable esta norma del código.
De hecho, esta sentencia señala, de acuerdo con una pauta interpretativa anterior, que, para hacer valer competencia en el caso de delitos cometidos parcialmente en el extranjero, es necesario que al menos una parte de la conducta o hecho delictivo se produzca en el territorio de el Estado resultante de la acción u omisión, que puede tener conexión con la parte de la conducta ocurrida en el extranjero; en otras palabras, basta con que exista cualquier acto deproceso criminal o una parte del hecho que nos permite conectar la parte de la conducta que ocurrió en el extranjero con la que ocurrió en Italia.
Por lo tanto, esta disposición puede tenerse debidamente en cuenta siempre que sea necesario determinar si un delito, parcialmente cometido en el extranjero, puede ser juzgado en nuestro país.
En todo caso, el juicio respecto de lo establecido en esta sentencia, al contribuir a esclarecer esta cuestión jurídica desde una perspectiva jurisprudencial, sólo puede ser positivo.

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