Licitaciones en Campania: el papel de So.Re.Sa

Campania. En el contexto de la digitalización de la contratación pública, el Decreto Legislativo núm. 66 de 2014 promueve la transparencia y eficiencia en las compras de bienes y servicios mediante el uso de plataformas como So.Re.Sa. Spa., que actúa como organismo de compras regional y agregador para estimular licitaciones competitivas y transparentes en Campania.

Además de la legislación que impone la digitalización y la transparencia en la contratación pública, la DL n. 66 de 2014reconvertida por la Ley 89/2014, ha fortalecido el proceso de racionalización y agregación de compras en el sector de bienes y servicios al prever entidades agregadoras constituidas, además del Consip, por centrales regionales de compras y otras entidades en posesión de los requisitos definidos con el Decreto del Primer Ministro de 11 de noviembre de 2014.

yolista de temas agregadores, aprobado por la ANAC el 23 de julio de 2015, está formado actualmente por 34 entidades, entre las que se encuentra So.Re.Sa. Spa, centro de compras de la región de Campania, como exige el art. 6, co. 15, LR 28/2003, y modificado por LR 16/2014.

Los operadores económicos interesados ​​en la contratación regional también pueden obtener una vista previa de todas las oportunidades que ofrece la Región disponibles en Telematla conocida empresa especializada en la investigación y selección de licitaciones que le permite mantenerse actualizado sobre las licitaciones en Campania, monitoreando fácilmente las licitaciones actualmente activas.

Para el venta de productos y servicios a APlos operadores económicos deben utilizar necesariamente la plataforma So.Re.Sa, que proporciona diversas herramientas de compra, incluidos procedimientos de licitación, destinadas a estipular Convenios y/o Acuerdos Marco a través del mercado electrónico.

Para mercado electrónico se refiere a una herramienta telemática utilizada por empresas de propiedad exclusiva de la Región de Campania, incluidas las internas, con excepción de EAV Srl y Sviluppo Campania SpA, y entidades también instrumentales para la Región, distintas de las del transporte ferroviario y por carretera, a través de convenios. , acuerdos marco y cualquier instrumento contractual estipulado, a su favor, por So.Re.Sa.

Las funciones de So.Re.Sa. SpA en licitaciones en Campania

En particular So.Re.Sa. Spa tiene entre sus objetivos la implementación de acciones estratégicas encaminadas a racionalización del gasto regional.

Por su naturaleza de cuerpo instrumentalopera exclusivamente en interés del accionista público y de las empresas regionales de servicios sanitarios y está sometida por la Región a un control similar al que ejerce sobre sus propios servicios.

De acuerdo a LR no. 16 de 7 agosto 2014 “Intervenciones para relanzar y desarrollar la economía regional, así como de carácter normativo y organizativo (vinculadas a la ley de estabilidad regional de 2014)”, en el art.1, apartado 28, en sustitución del apartado 15 del art. 6 de la LR n. 28 de 2003, dispuso lo siguiente: “(…) So.Re.Sa. constituye un centro de compras regional de conformidad con el artículo 3, párrafo 34 y el artículo 33 del decreto legislativo de 12 de abril de 2006, n. 163 (Código de contratos públicos relacionados con obras, servicios y suministros en aplicación de las directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE – Código de adquisiciones) y sujeto agregador de conformidad con el artículo 9 del decreto legislativo de 24 de abril de 2014, n. 66 (Medidas urgentes para la competitividad y la justicia social), convertida por ley de 23 de junio de 2014, n. 89, que adjudica contratos públicos o celebra acuerdos marco de obras, suministros o servicios.

entonces el viene superar, como consecuencia de la modificación realizada por la LR n. 16/2014 al art. 15 de la LR n. 28/2003, el configuración exclusiva previa por So.Re.Sa. Cual “organismo regional de compras que adjudica contratos públicos o celebre acuerdos marco de obras, suministros o servicios, destinados a ASL y AO (…)”

Las licitaciones en Campania autorizadas por So.Re.Sa

Apartado 15-bis, apartado añadido por el art. 1, apartado 230 de la LR n. 4 de 15 de marzo de 2011 (Disposición para la preparación del presupuesto anual 2011 y plurianual 2011-2013 de la Región de Campania) establece que la posibilidad de ASL y AO estipularán contratos para la compra y suministro de bienes y equipos sanitarios, así como servicios no sanitarios, dentro de los parámetros de precio y calidad adoptados por So.Re.Sa., los títulos y contratos de compra y suministro estipulados por las Autoridades Sanitarias Locales y las AO en ausencia de autorización específica son nulos y carente de responsabilidad administrativa”.

So.Re.Sa. por lo tanto tiene más función de autorizar Fideicomisos de Salud y Hospitales en la compra de bienes y equipos sanitarios y de servicios no sanitarios.

En virtud de esta función, de conformidad con el Decreto del Comisionado de Acta n. 58 de 18 de julio de 2011 (Disposiciones urgentes en materia de centralización de compras), So.Re.Sa. tiene la tarea de proporcionar proporcionar, si se aplican condiciones específicas, autorización específica a empresas de atención médica individuales para la realización de los procedimientos autónomos de compra dentro de los 10 días siguientes a la solicitud realizada por las propias Empresas, transcurrido el cual se considera aceptada la solicitud.

Requisitos y condiciones de contratación autorizada en Campania

Las condiciones antes mencionadas se refieren a razones de urgencia no imputables a empresas sanitarias individuales, a la necesidad de adquirir bienes y servicios para los cuales So.Re.Sa. no ha identificado ya al operador económico ni ha iniciado procedimientos de selección específicos o, nuevamente, por motivos relacionados con la imposibilidad de adherirse a un acuerdo Consip.

Al llevar a cabo la concursos autorizados por So.Re.Sa., Las Autoridades Sanitarias pueden remitir, respecto de parámetros calidad-precio previsto por el art.6, apartado 15 bis de la LR n. 28 de 2003, introducida por la LR 4 de 2011, al ahorro medio de los contratos ya adjudicados por So.Re.Sa. y publicados en la web institucional relacionados con el sector de productos de interés.

A falta de contratos estipulados por So.Re.Sa., el parámetro de referencia debe ser el de los acuerdos Consip.

El citado Decreto también establece que So.Re.Sa. tiene el gestión de licitaciones centralizada completa relacionados con la compra y/o alquiler de Equipos sanitarios de valor unitario superior a 200.000 €., adquirió previa evaluación de adecuación en relación a las necesidades asistenciales y de reorganización de las redes hospitalarias y territoriales, prevista por los Decretos del Comisario ad acta n. 49 de 2010 y n. 22 de 2011, emitido por la Región.

El Decreto núm. 58 de 2011 reduce por tanto el límite superior más allá del cual las empresas sanitarias tienen prohibido realizar licitaciones para la compra de equipos sanitarios, anteriormente fijado en 750.000 euros por la DGRC n. 515 de 2007. El Decreto también establece que para las compras de bienes y servicios sanitarios y no sanitarios por un importe igual o inferior a 50.000 euros, las empresas pueden implementar procedimientos autónomos de compra.

Por lo tanto en Empresas sanitarias está hecho prohibición de realizar licitaciones independientes para la compra de equiposde bienes y servicios de importes superiores a los umbrales definidos anteriormente.

Límites de gasto para las licitaciones de ASL en Campania

Con el Decreto del Comisionado de Acta nº 11 de 2012, se introdujeron algunos. modificaciones y adiciones al Decreto núm. 58 de 2011; en particular el Decreto especifica:

  • la posibilidad de que las empresas sanitarias realicen compras de bienes, equipos y servicios sanitarios por un importe igual o inferior a 50.000 €, límite no previsto para la compra de medicamentos oncológicos, refiriéndose únicamente a bienes y servicios no incluidos en el So.Re contrato. Ya sabes. Spa; además, especifica que el importe de 50.000 euros, por debajo del cual las empresas sanitarias pueden implementar procedimientos de compra autónoma, debe entenderse en referencia a la exigencia global de los tipos de bienes o servicios a adquirir por la empresa sanitaria, evitando la posibilidad de subdivisiones;
  • establece, en relación con la compra y/o alquiler de equipos sanitarios por importe superior a 200.000 €, que la evaluación de la adecuación en relación con las necesidades y la reorganización de las redes hospitalarias y territoriales previstas por los Decretos del Comisario ad acta n. 49 de 2010 y n. 22 de 2011, emitido por la AGC 20 a la luz de las evaluaciones HTA (Health Technology Assessment), siempre debe ser adquirido previamente por la empresa sanitaria interesada en el suministro. Esta evaluación, para equipos especialmente complejos, deberá realizarse, a petición del AGC 20, dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la correspondiente solicitud, transcurridos los cuales se considerará emitido el dictamen en sentido favorable y por tanto la adquisición del equipo. deben considerarse coherentes con las necesidades regionales.

Definitivamente So.Re.Sa. Spapuede considerarse uno herramienta para garantizar procesos y servicios de innovación digital de la Región de Campania con el apoyo de las plataformas Sinfonía, SIAC, SIAP Y Campania Innovación Abierta contribuir a la gobernanza y gestión de la transformación digital del Servicio Regional de Salud mediante la promoción de la contratación pública electrónica innovadora.

Los resultados obtenidos: reducción de los costes de adquisición en Campania

En el período inicial 2008-2011, So.Re.Sa. consiguió un ahorro medio en compras centralizadas por más de 530 millones/euro, lo que supone un 16% respecto a años anteriores.

En las operaciones de liquidación de deudas anteriores, se Ahorró más de 600 millones/euro. neto de compensaciones reconocidas, sobre un valor de deuda vencida superior a 6,3 mil millones de euros para el período 2007-2011.

En el periodo 2011-2013 allá Reducción de los costes de compra de bienes destinados a la atención sanitaria. a través de licitaciones centralizadas asciende a 153.810.000,00 euros. Este resultado se proyectará en el tiempo y se puede mejorar aún más por dos razones:

1. los siguientes Las licitaciones para los mismos bienes comenzarán a partir de un precio base ya consolidado. con las licitaciones adjudicadas;

2. cualquier cambio a la baja en los precios de mercado autorizará a SoReSa a renegociar el precio de la oferta con los adjudicatarios.

EL tiempos de pago de facturas emitidos por proveedores, al 31.12.2013, fueron reducido a 90 días. Los intereses de demora ahorrados por la reducción del DSO ascienden a 93.000.000,00 euros.

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