Prevención de incendios 2024: todas las obligaciones y prohibiciones en la ordenanza sindical

Temperaturas estivales especialmente elevadas, a menudo acompañadas de fuertes vientos siroco o del suroeste, el abandono y abandono de las zonas agrícolas y, sobre todo, la acción criminal que cíclicamente desencadena incendios por motivos exclusivamente económicos: todas estas son causas que determinan los incendios que devastan cada año Sicilia y la provincia de Siracusa.

De ahí la ordenanza sindical que impone normas muy específicas no sólo del 15 de mayo al 31 de octubre de 2024, sino también durante los períodos de alerta para minimizar el riesgo de inicio y propagación de incendios.

Está absolutamente prohibido encender fuegos de cualquier tipo; de combustión de residuos vegetales agrícolas y forestales, incluso los derivados de la siega, poda o limpieza in situ, así como de otros materiales naturales agrícolas o forestales, residuos vegetales procedentes tanto de actividades realizadas por particulares como por empresas agrícolas.

Está prohibido, cerca de bosques y áreas protegidas, terrenos agrícolas y/o arbustivos, en caminos municipales, provinciales, estatales, autopistas y vías ferroviarias, el uso de llamas abiertas o aparatos eléctricos que produzcan chispas; fumar, tirar cerillas, puros y cigarrillos; encender fuegos artificiales, incluso con motivo de celebraciones solemnes en zonas distintas de las específicamente señalizadas y en todo caso sin autorización previa; estacionar los vehículos en áreas cercanas a la presencia de pasto y vegetación seca.

Los propietarios, inquilinos, arrendatarios, administradores, administradores de edificios, administradores de estructuras turísticas, artesanales y comerciales, administradores de obras y carreteras están obligados a realizar obras de defensa pasiva para la prevención de incendios, consistentes en intervenciones de limpieza, recuperación y deshierbe de las áreas pertinentes.

Están obligados a mantener la eficacia de las franjas de protección, es decir, a crear una franja de protección contra incendios de al menos diez metros de ancho, a lo largo de todo el perímetro del fondo.

Esta banda de protección, para los propietarios y/o administradores y/o gestores de campings, núcleos turísticos, casas rurales, hoteles y alojamientos, centros residenciales se extiende hasta los veinte metros.

Los organismos públicos propietarios y/o responsables de áreas, carreteras y vías férreas tienen la responsabilidad de limpiar los muelles y terraplenes de las vías de comunicación bajo su jurisdicción.

El mantenimiento de los márgenes de las carreteras para la prevención de incendios debe limitarse a la retirada de plantas secas, zarzas u otros materiales inflamables.

Además, durante todo el año está prohibido arrojar cerillas, puros o cigarrillos y cualquier otro tipo de material encendido o incandescente desde los vehículos o dejarlos en el suelo de cualquier otra forma.

Se prevén sanciones administrativas para los infractores de no menos de 5.000 euros y no más de 50.000 euros.

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