¿Qué es la pensión mínima y cómo cambiará a partir de 2025? Esto es lo que marca la diferencia

¿Qué es la pensión mínima y cómo cambiará a partir de 2025? Esto es lo que marca la diferencia
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Allá pensión mínima es ese monto umbral por debajo del cual se producen una serie de beneficios, comointegración al mínimo y el revalorización extraordinaria.

De hecho, el legislador ha fijado un listón por debajo del cual el pensionista disfruta de una serie de protecciones, una sobre todo laaumentar con lo cual el importe aumenta al menos hasta umbral mínimo esperado.

Sin embargo, el derecho a la llamada complemento mínimo de la pensión depende de una serie de factores, tales como simultaneidad de otros ingresos (por ejemplo si el pensionado trabaja), así como deantigüedad del seguro. Como veremos a continuación, de hecho, no pertenece la llamada integración a la pensión mínima para quienes han comenzado a cotizar después del 1 de enero de 1996.

Pensión mínima, importe 2024

Cada año el monto de la pensión mínima del INPS se ajusta a la inflación, de la misma manera que se esperaba pensiones Y tratamientos de bienestar (como en el caso del Asignación Social).

En este sentido, fruto de la revalorización del 5,4% implementada a principios de 2024, este año el valor de la pensión mínima equivale a 598,61€ mensual, 7.781,93€ el año.

Integración con tratamiento mínimo.

Una vez fijada la cuantía de la pensión mínima, se deberán identificar aquellas pensiones que, estando por debajo de este umbral, tengan derecho a la integración.

Lo que significa, por ejemplo, que quien tome 300€ puede disfrutar de un aumento de 298,61€ para alcanzar el importe mínimo.

Sin embargo, como se había previsto, no basta con tener una pensión inferior al salario mínimo para tener derecho al complemento, ya que ante todo es necesario que la asignación se haya calculado aunque sea parcialmente con las normas salariales. Más simplemente, debe haber períodos cubiertos por cotizaciones anteriores al 31 de diciembre de 1995.

Además, no es seguro que el pensionista tenga pleno derecho al complemento, ya que la presencia de otros ingresos hace una diferencia en el monto.

En detalle, cuando el ingreso total del pensionado sea inferior a 7.781,93 euros al añoes decir, el importe del pago mínimo anual, entonces la integración se debe realizar en su totalidad, si por el contrario es mayor pero aún inferior 15.563,86€ (2 veces el tratamiento) la integración es parcial y se calcula de la siguiente manera:

(15.563,86 – Ingresos totales de pensionados)/13*

*Evidentemente la pensión aumentada será en todo caso como máximo de 598,61 euros.

Tomemos como ejemplo un trabajador jubilado que recibe una pensión de 250 euros al mes y trabaja a tiempo parcial y gana dinero 600€. En total, tiene unos ingresos de 11.050 euros, por lo que tendrá derecho a un complemento equivalente a:

(15.563,86 – 11.050)/13 = 347,22euros

De hecho, el aumento de la pensión está justo por debajo del mínimo, ya que equivale a 597,22euros.

Consideremos ahora un trabajador jubilado a tiempo completo, que gana 1.300 euros al mes y cobra una pensión de 250 euros. Tiene unos ingresos de 20.150 euros: por tanto, no tendrá derecho a ningún complemento.

La presencia de otros ingresos, por tanto, marca diferencia en la percepción de la integración al salario mínimo.

Extraordinaria revalorización

No es necesario cumplir ningún límite de ingresos, ni haber devengado al menos una cotización semanal antes del 31 de diciembre de 1995, para tener derecho al beneficio. revalorización extraordinaria introducido por la Ley de Presupuesto 2023, este año igual a 2,7%.

De hecho, toda pensión de cuantía inferior al mínimo disfruta de dicho aumento: esto significa que la pensión mínima puede aumentar hasta un máximo de más 16,16eurosllegando así a 614,77€.

Una pensión de 300 euros -ya sea integrada o no- disfruta de un aumento de 8,10€, 10,80€ más para los que lo toman 400.

Pensión mínima, cómo cambia en 2025

Como se vio anteriormente, la pensión mínima se revalúa cada año en función de la inflación. Para 2025 el porcentaje estimado (contenido en el Def) es igual a1,6%lo que significa que el umbral mínimo podría aumentar en 9,57eurosllegando así a 608,18euros (aproximadamente 7.906 euros al año).

Hay que decir, sin embargo, que el Gobierno tendrá que disolver sus reservas sobre la posibilidad de confirmar también la revalorización extraordinaria del 2,7%, dado que los recursos asignados apenas alcanzan para 2024.

Por lo tanto, será necesario intervenir si se quiere llevar el mínimo a aproximadamente 625€; de lo contrario el importe sería incluso inferior al actual (614 frente a 608 euros).

Sin embargo, es poco probable que el Gobierno dé luz verde a ampliar el derecho al complemento mínimo también para quienes entran íntegramente en el régimen contributivo. Una medida que está en el programa de esta legislatura pero que cuesta demasiado.

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