Muerte de Roberta Repetto, los motivos de la sentencia. La hermana: «Para la justicia italiana, mi hermana prácticamente se suicidó»

Amargura en la nota de Rita Repetto, difundida a través de las redes sociales. La sentencia explica por qué Bendinelli fue absuelto y por qué el médico Paolo Oneda fue condenado: «Si hubiera respetado las reglas, habría garantizado a Repetto una protección sanitaria adecuada y habría estado exento de cualquier amonestación si el paciente hubiera persistido en peticiones peligrosas».

«Hoy el Tribunal de Apelación de Génova ha presentado los motivos de la sentencia en segundo grado: hago constar que, según el Tribunal de Génova, mi hermana eligió libremente morir a la edad de 40 años, con la ayuda del Dr. Oneda, y que Paolo Bendinelli no ocupó ninguna posición de garantía hacia ella, ya que, según los jueces, Roberta se habría “orientado libremente hacia la opción de un estilo de vida naturista, que buscó de forma independiente un conocimiento profundo de sí misma”. Según los jueces, Roberta podría haber llamado a una ambulancia en caso de necesidad. Para la justicia italiana, mi hermana prácticamente se suicidó”, son las amargas palabras de Rita Repetto, hermana de Roberta, la profesora de 40 años fallecida en 2020 a causa de la metástasis de un melanoma tratado con infusiones y meditaciones.

Según los jueces del tribunal de apelación, Roberta había “decidido el momento, el lugar y el método” para extirpar el lunar. Según la sentencia, Bendinelli “no había creado la situación de peligro inicial” y “no tenía una posición de garantía como para haber tenido que intervenir para proteger la salud de Roberta”.

El “santo hombre”, defendido por los abogados Sandro Vaccaro y Francesca Pastore, había sido condenado en primera instancia a tres años y cuatro meses junto con el médico Paolo Oneda. Este último, cuya pena había sido reducida a un año y cuatro meses, fue declarado culpable de incompetencia incluso grave. Los jueces subrayaron que si hubiera seguido las reglas que él mismo reconocía como buenas prácticas, las posibilidades de recuperación habrían sido muy altas. Oneda acordó operar a Roberta en la mesa de la cocina del Centro Anidra, cerca de Chiavari (Génova), sin anestesia, y no someter el lunar a examen histológico.

Para los jueces, el médico no deseaba la muerte de la mujer, pero según los magistrados, «haber apoyado a la paciente en peticiones claramente contrarias a sus deberes, prescritas con el objetivo de brindarle la mejor protección a su salud, constituye el primer conducta fundamental reprobable para el acusado”. Se destacó que si Oneda hubiera respetado las reglas, habría garantizado a Repetto una adecuada protección de la salud o habría quedado exento de cualquier amonestación si el paciente hubiera insistido en las peligrosas peticiones. También según los magistrados, Roberta “no fue informada de los riesgos y hasta el final desconoció su inminente fin”.

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