El Consejo Nacional de Censores Jurados de Cuentas y Peritos Contables, en audiencia en la Cámara de Diputados por la voz del Concejal responsable de tributación, Salvatore Regalbuto, acompañado del coordinador del área tributaria de la fundación nacional de la categoría, Pasquale Saggese, indica la forma de salir definitivamente del bloqueo de transferencias. “Ampliar, con suma rapidez, el perímetro de compensación bancaria también a los F24 que cobran por cuenta de sus clientes, con un porcentaje sostenible y razonable. Esta es la medida fundamental que podría ayudar a solucionar el problema de la morosidad”. Tal y como han pedido en voz alta los representantes de las categorías directamente afectadas por el bloqueo sobre las ventas, desde Ance hasta Abi, incluso los máximos representantes de los contables ven en la ampliación de las posibilidades de compensación por parte de las entidades de crédito la única salida al escenario fatal en el que miles de empresas y contribuyentes se encuentran.
Esta no es la única propuesta. A raíz del aplazamiento del plazo previsto por la conversión en ley del Decreto Milleproroghe, con respecto a los gastos incurridos en 2022, los Contadores solicitan una prórroga superior al 31 de marzo de 2023, al menos hasta el 28 de abril de 2023, del plazo para la presentación de comunicaciones para la opción de cesión de crédito y el descuento de factura a que se refiere el artículo 121 del Decreto Ley n. 34 de 2020.
A la luz de las innovaciones introducidas por el Decreto Ley n. 11 de 2023, especialmente en lo que se refiere al aligeramiento de los perfiles pasivos de los cesionarios, el sentido de la propuesta del Consejo Nacional radica en el intento de dar a los contribuyentes y bancos más tiempo para concretar la mayor cantidad de adquisiciones posible.
En este sentido, de hecho, si tuviéramos el tiempo necesario, el Decreto Ley n. 11 de 2023, en una alquimia de disposiciones, podría favorecer realmente a los fichajes hoy bloqueados. Por un lado, la última disposición perfila, por fin de forma clara, el perfil de responsabilidad del cesionario en posibles litigios por culpa grave. Constituye un escudo la regla, con efectos retroactivos, que libera al cesionario de la responsabilidad solidaria en los casos en que hubiere adquirido diligentemente los documentos expresamente enumerados en la misma disposición, siempre que no haya realizado una conducta significativa para la lucha contra el fraude. a favor de los intermediarios financieros por las numerosas operaciones realizadas hasta la fecha.
Un elemento que, favoreciendo la superación de cualquier vacilación, podría conducirles a nuevas adquisiciones.
Desde otro punto de vista, el cierre, válido para el futuro, es decir, para las intervenciones lanzadas formalmente a partir del 17 de febrero de 2023, tendrá el efecto automático de aliviar la presión sobre los sujetos que todavía están dispuestos a comprar créditos fiscales. Especialmente en este sentido, la ampliación del plazo para el envío de la comunicación, incluso más allá del 28 de abril de 2023, podría permitir la tramitación de un número de expedientes superior a los realistamente viables de aquí a finales de marzo.
No se puede olvidar cómo, a pesar del inesperado cierre, sigue pendiente la larga cola de traspasos de los gastos incurridos en 2022, y que se incurrirán desde 2023 hasta el final de las intervenciones previstas ya en curso a partir del 17 de febrero. 2023. Por estas intervenciones, los gastos en que se incurrirá durante el período de vigencia de la concesión específica seguirán siendo transferibles a terceros, como si nada hubiera pasado. Sin embargo, para que esta posibilidad no se quede en el papel, es necesario crear todas las condiciones, especialmente temporales, que permitan que los cambios realizados finalmente produzcan sus efectos.