El abogado del Tribunal de la UE coincide con Berlusconi en el caso Mediolanum: “El BCE se equivocó”

El abogado del Tribunal de la UE coincide con Berlusconi en el caso Mediolanum: “El BCE se equivocó”
El abogado del Tribunal de la UE coincide con Berlusconi en el caso Mediolanum: “El BCE se equivocó”

Para el Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, Manuel Campos Sánchez-Bordona, los recursos presentados por Fininvest y Berlusconi deben ser admitidos y, en consecuencia, la decisión del BCE de 25 de octubre de 2016 debe anularse en su totalidad. En 2015 el holding financiero Mediolanum fue incorporado por su filial Banca Mediolanum. Teniendo en cuenta su participación en el capital social de Mediolanum, Fininvest, sociedad holding de derecho italiano, participada mayoritariamente por Silvio Berlusconi, pasó a ser propietaria de una participación en el capital de Banca Mediolanum. En concreto, esta operación de fusión por constitución consistió en un canje de acciones con el que Fininvest adquirió legalmente acciones de esta entidad de crédito.

Anteriormente, en 2014, el Banco de Italia había decidido, por un lado, ordenar la suspensión de los derechos de voto de los demandantes en Mediolanum y la venta de sus participaciones superiores al 9,99% y, por otro, rechazar su solicitud de autorización relativa a la posesión de una participación cualificada en esta entidad, debido a que Berlusconi ya no cumplía el requisito de honorabilidad tras su condena por fraude fiscal en 2013. Esta decisión del Banco de Italia fue anulada por sentencia del Consejo de Estado de 3 de marzo de 2016. Tras la constitución de Mediolanum por Banca Mediolanum y la decisión del Consejo de Estado de 3 de marzo de 2016, el Banco de Italia y el Banco Central Europeo han iniciado un nuevo procedimiento de evaluación de la adquisición de una participación cualificada de los recurrentes en el asunto Banca Mediolanum. Al final de este procedimiento, el BCE, presentado a una propuesta del Banco de Italia a este respecto, adoptó una decisión con la que denegó autorizar la adquisición de una participación cualificada en esta entidad de crédito. En particular, justificó su decisión basándose en que Berlusconi no cumplía el requisito de honorabilidad aplicable a los titulares de participaciones cualificadas.

El 23 de diciembre de 2016, Fininvest y Berlusconi interpusieron ante el Tribunal un recurso de anulación contra la decisión del BCE. Con sentencia de 11 de mayo de 2022, el Tribunal desestimó el recurso de anulación en su totalidad y condenó a Fininvest y Berlusconi, confirmando la decisión del BCE.

Fininvest y los herederos de Berlusconi, que asumieron su cargo procesal tras su muerte en 2023, han interpuesto un recurso de apelación contra la sentencia del Tribunal presentando varios motivos de casación. En sus conclusiones de hoy, el abogado sugiere que se puede acoger el recurso presentado por los dos recurrentes y, en consecuencia, que la decisión del BCE debe anularse en su totalidad. Según el Abogado General, el Tribunal de Justicia cometió una serie de errores de Derecho al valorar los efectos del control ejercido por los recurrentes sobre el banco Mediolanum, entre otros en lo que respecta a las condiciones que legitiman al BCE para imponer el requisito de autorización para la adquisición o aumento de participaciones cualificadas en entidades de crédito. En particular, la participación de Fininvest y Berlusconi en Banca Mediolanum siempre ha sido una participación cualificada del 30,16%. Al no haber habido ningún aumento de esta participación tras la entrada en vigor del Mvu, no fue necesaria la autorización del BCE, al tratarse de una participación “histórica” ​​calificada.

El Tribunal determinó que Berlusconi y Fininvest poseían una participación cualificada en Banca Mediolanum, lo que les permitía controlar conjuntamente Mediolanum y Banca Mediolanum antes de la fusión inversa, sobre la base de esta premisa (es decir, control reconocido de Fininvest en Banca Mediolanum antes de la fusión). , el Tribunal de Justicia cometió un error al valorar las consecuencias de un hecho que él mismo había comprobado: si el control precedió a la fusión, el BCE no debería haber iniciado un procedimiento de autorización para la adquisición de participaciones cualificadas. Esta participación cualificada ya existía antes de la entrada en vigor de las normas Mvu. Además, el Abogado General acepta el reproche de los recurrentes de que el Tribunal de Justicia ha equiparado el concepto de “adquisición de una participación cualificada” al de “modificación de la estructura jurídica de una participación”.